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 Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau

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MensajeTema: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeJue 04 Jul 2019, 19:32

Como de bien nacidos es ser agradecido y para criticar algo que no nos gusta somos los primeros, me gustaría agradecer y que llegue a los máximos compañeros posibles el trato recibido en la última subasta de Tauler y Fau por parte de Jacobo.

Os cuento, como si de un principiante se tratara, le echo un vistazo a la web de Tauler mirando los lotes de la subasta de verano.Puje por algunos lotes a la baja con la idea de mejorar mis pujas más adelante y lo hacía mientras en otros menesteres.
Uno de los lotes, 8 escudos de Carlos III le pujó 700 euros y se pone la puja en 651 euros , ganando yo por ahora, faltando 15 días para el día de la subasta.
Van pasando los días y me van superando en varias.
Faltando un par de días subí alguna puja en algun lote que me interesaba de verdad, y el lote en cuestión sigue en 651 euros.
Acaba la subasta y veo que me adjudican algún lote y que también gano los 8 escudos por 700 más comisiones, imaginaos la sorpresa.
Rápidamente me voy al lote y compruebo que es reproducción de joyeria, perfectamente avisado en la descripción del lote.Yo no lo leí por pujar como no se debe, en la web la descripción no se veía completa si no se abría y yo no lo hice.
Al día siguiente llamo a Tauler y me atiende muy amablemente te Jacobo y me cancela el lote cuando le explico lo que me ha pasado.
Entiende que es un error humano y que a el también le gusta que nosotros entendamos cuando la casa comete un error

Así que una moneda de más de 800 euros que yo no queria y que gracias a Jacobo no tengo que pagar.

Veía justo agradecer públicamente en el foro para que sepáis como actúan con los clientes Tauler y Fau.

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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeJue 04 Jul 2019, 19:49

Muy buena praxis. Pueden perder algo en una venta en concreto pero ganan un cliente para el largo plazo y se hacen con una reputación de buenos profesionales. Algo tan sencillo como eso no resulta tan fácil de encontrar como se podría imaginar

En algunas cosas Tauler ha sido un soplo de aire fresco


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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeJue 04 Jul 2019, 20:03

En Tauler me equivoqué hará cuatro meses pujando en vivo; toqué el botón cuando el lote que yo quería ya había pasado al siguiente, con tan mala suerte que se me adjudicó.
Al no interesarme absolutamente nada se lo comenté y ningún problema para desadjudicármelo, y eso que no tenía ninguna puja y se quedaba libre.
En las dos subastas posteriores adquirí tres piezas por un valor total de 1.688,68 euros.
En otra casa me paso algo similar en un error mío también, se arregló finalmente el asunto, no sin varios mails previos y algo de resquemor.
De eso casa ni miro los catálogos, no estoy yo pa' ostias hablando en plata, todos nos equivocamos.
A mí esos detalles me llegan, entre las casas punteras las catalogaciones y remates son similares, en pequeñas cosas hay que diferenciarse para ganarse al cliente.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeJue 04 Jul 2019, 20:41

Hace unos meses, puse un email porque me extrañaba la tardanza en el envío de un lote. Si hubiese sido otra casa de subastas hubiese tardado más en reclamar, porque suelen tomarse los envíos con muuuuuuuucha calma, y con Tauler, en 2 días (o en día y medio siendo estrictos) en casa. Al instante, llamada telefónica con disculpas y al día siguiente lote en casa. No tengo más que buenas palabras para Tauler, antes y después del incidente. Para mi está en el top español por su página, sus catálogos, su sistema de pujas, su pasarela de pago y su rapidez en el envío. Puede que otros subasten mejores lotes, pero si no espabilan, será cuestión de tiempo quedarse atrás.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeJue 04 Jul 2019, 22:59

Es de bien nacidos ser agradecidos, muy bien Ruffle22!
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeJue 04 Jul 2019, 23:19

Ante todo mis felicitaciones a la Tauler y Fau. Yo no he tenido hasta ahora ningún problema, pero cada vez me gusta mas como funciona y las innovaciones de esta casa.

Por otro lado te felicito y agradezco @ruffle22 por sacar este tema. Debemos visualizar las casas con buenas praxis, al igual que solemos hacerlo cuando tenemos problemas
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeJue 04 Jul 2019, 23:45

Sin intención de despreciar el trato recibido, no debéis confundir vuestros derechos como consumidores y sus obligaciones como vendedores, con amabilidad o con buena praxis.

La normativa vigente europea OBLIGA a la devolución integra del dinero de una compra online a un profesional, sin tener que presentar excusa alguna en un plazo de 14 días:

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex:31999L0044

Periodo de reflexión de 14 días
En la UE tienes derecho a devolver compras realizadas online o mediante otros tipos de venta a distancia (por teléfono, por correspondencia o a un vendedor a domicilio) en un plazo de 14 días para obtener el reembolso íntegro. Puedes hacerlo por cualquier motivo, aunque solo sea porque te lo has pensado mejor.

El periodo de reflexión de 14 días no se aplica a determinados productos, como:

billetes de avión y tren, entradas de conciertos, reservas de hotel, reservas de alquiler de vehículos y servicios de suministro de comidas para fechas específicas
alimentos y bebidas servidos habitualmente a domicilio (reparto de supermercados, por ejemplo)
artículos fabricados a medida o personalizados (como un traje hecho a medida, etc.)
soportes de datos de audio, vídeo o software informático precintados (como DVD) que se hayan abierto
contenidos digitales online, si ya has iniciado la descarga o la emisión en tiempo real y si has aceptado que con ello pierdes tu derecho de desistimiento
productos comprados a particulares y no a empresas ni a vendedores profesionales
contratos de reparaciones y trabajos de mantenimiento urgentes (por ejemplo, si llamas a un fontanero para que repare un grifo que pierde agua, no podrás anular el trabajo una vez acordado el precio del servicio).
Ten en cuenta que esta lista no es exhaustiva.

El periodo de reflexión finaliza 14 días después de la fecha de recepción de los productos. En el caso de los contratos de servicios, el periodo de reflexión finaliza 14 días después de la fecha de celebración del contrato. Si el "periodo de reflexión" finaliza un día no laborable, el plazo se amplía hasta el siguiente día laborable.


Es decir, que el trato que has recibido (que es muy correcto) es el que están obligados a darte por ley. Otra cosa diferente es que si abusas de dicho derecho acaben vetándote en sus subastas y ahí es donde ya podemos valorar si son majos o no con el trato.



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Me interesan Reales de a 1 Ceca Toledo en buen estado, que se lea casi toda la leyenda. Desde Enrique II hasta Felipe IV.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeJue 04 Jul 2019, 23:59

aljimenez escribió:
Sin intención de despreciar el trato recibido, no debéis confundir vuestros derechos como consumidores y sus obligaciones como vendedores, con amabilidad o con buena praxis.

La normativa vigente europea OBLIGA a la devolución integra del dinero de una compra online a un profesional, sin tener que presentar excusa alguna en un plazo de 14 días:

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex:31999L0044

Periodo de reflexión de 14 días
En la UE tienes derecho a devolver compras realizadas online o mediante otros tipos de venta a distancia (por teléfono, por correspondencia o a un vendedor a domicilio) en un plazo de 14 días para obtener el reembolso íntegro. Puedes hacerlo por cualquier motivo, aunque solo sea porque te lo has pensado mejor.

El periodo de reflexión de 14 días no se aplica a determinados productos, como:

billetes de avión y tren, entradas de conciertos, reservas de hotel, reservas de alquiler de vehículos y servicios de suministro de comidas para fechas específicas
alimentos y bebidas servidos habitualmente a domicilio (reparto de supermercados, por ejemplo)
artículos fabricados a medida o personalizados (como un traje hecho a medida, etc.)
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contenidos digitales online, si ya has iniciado la descarga o la emisión en tiempo real y si has aceptado que con ello pierdes tu derecho de desistimiento
productos comprados a particulares y no a empresas ni a vendedores profesionales
contratos de reparaciones y trabajos de mantenimiento urgentes (por ejemplo, si llamas a un fontanero para que repare un grifo que pierde agua, no podrás anular el trabajo una vez acordado el precio del servicio).
Ten en cuenta que esta lista no es exhaustiva.

El periodo de reflexión finaliza 14 días después de la fecha de recepción de los productos. En el caso de los contratos de servicios, el periodo de reflexión finaliza 14 días después de la fecha de celebración del contrato. Si el "periodo de reflexión" finaliza un día no laborable, el plazo se amplía hasta el siguiente día laborable.


Es decir, que el trato que has recibido (que es muy correcto) es el que están obligados a darte por ley. Otra cosa diferente es que si abusas de dicho derecho acaben vetándote en sus subastas y ahí es donde ya podemos valorar si son majos o no con el trato.


Pues gracias por tu aclaración, y pregunto desde mi ignorancia en aspectos legales...Esto es aplicable a compras online, pero también es aplicable a subastas???
En sus condiciones deja claro que tienes que hacerte cargo de la compra si pujas por ella, y creo que si pujas por sus artículos estas aceptando sus condiciones.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 00:01

aljimenez escribió:
Sin intención de despreciar el trato recibido, no debéis confundir vuestros derechos como consumidores y sus obligaciones como vendedores, con amabilidad o con buena praxis.

La normativa vigente europea OBLIGA a la devolución integra del dinero de una compra online a un profesional, sin tener que presentar excusa alguna en un plazo de 14 días:

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex:31999L0044

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El periodo de reflexión de 14 días no se aplica a determinados productos, como:

billetes de avión y tren, entradas de conciertos, reservas de hotel, reservas de alquiler de vehículos y servicios de suministro de comidas para fechas específicas
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Ten en cuenta que esta lista no es exhaustiva.

El periodo de reflexión finaliza 14 días después de la fecha de recepción de los productos. En el caso de los contratos de servicios, el periodo de reflexión finaliza 14 días después de la fecha de celebración del contrato. Si el "periodo de reflexión" finaliza un día no laborable, el plazo se amplía hasta el siguiente día laborable.


Es decir, que el trato que has recibido (que es muy correcto) es el que están obligados a darte por ley. Otra cosa diferente es que si abusas de dicho derecho acaben vetándote en sus subastas y ahí es donde ya podemos valorar si son majos o no con el trato.


En subastas solo se puede devolver si lo que se adquiere es diferente a lo que indica en la subasta ó presenta deficiencias o fallos no indicadas, por lo que estamos en lo dicho antes. Hay que tener en cuenta que tus decisiones de pujar mas estan afectando también a otros. Cosa distinta sería, por ejemplo, la compra en tienda (virtual o no) de la misma casa de subastas
so es correcto en las llamadas ventas en tienda
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 00:06

Es aplicable a todas las subastas, de hecho Catawiki por ejemplo, lo deja muy claro en sus condiciones:

https://www.catawiki.es/conditions/terms-and-conditions-es.pdf?1562277746

8 Derechos de los Consumidores
8.1 Los Consumidores tendrán derecho a una garantía legal de conformidad de los Lotes.
8.2 Los consumidores residentes en un país del Espacio Económico Europeo que compren un Lote
a un Vendedor Profesional tendrán derecho, durante un plazo de 14 días (el "período de
reflexión"), a desistir de la compra, sin indicar las razones, sobre la base del derecho legal de
desistimiento estipulado en el artículo 6:230o del Código Civil neerlandés o sobre la base de
cualquier ley extranjera aplicable que aplique el artículo 9 de la Directiva 2011/83/UE. El
Vendedor Profesional puede pedir al Comprador que indique la(s) razón(es) de la rescisión,
pero no puede obligar al Comprador a hacerlo.


Las condiciones particulares que puedan aparecer en una web, en un anuncio o en una subasta, nunca están por encima de los derechos que aparecen en las leyes.

Otro ejemplo muy común es que cuando veáis en algún anuncio que el vendedor no se hace responsable si no te llega un artículo a no ser que pagues un extra para asegurarlo, es falso. El encargado de que el producto te llegue es el vendedor. Si no te llega, será él, el que tenga que cargar con los costes de la pérdida.



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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 00:32

El artículo 103 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias establece las excepciones al derecho de desistimiento del consumidor:

a) La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento.
b) El suministro de bienes o la prestación de servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar y que puedan producirse durante el periodo de desistimiento.
c) El suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor y usuario o claramente personalizados.
d) El suministro de bienes que puedan deteriorarse o caducar con rapidez.
e) El suministro de bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega.
f) El suministro de bienes que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes.
g) El suministro de bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado en el momento de celebrar el contrato de venta y que no puedan ser entregadas antes de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado que el empresario no pueda controlar.
h) Los contratos en los que el consumidor y usuario haya solicitado específicamente al empresario que le visite para efectuar operaciones de reparación o mantenimiento urgente; si, en esa visita, el empresario presta servicios adicionales a los solicitados específicamente por el consumidor o suministra bienes distintos de las piezas de recambio utilizadas necesariamente para efectuar las operaciones de mantenimiento o reparación, el derecho de desistimiento debe aplicarse a dichos servicios o bienes adicionales.
i) El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor y usuario después de la entrega.
j) El suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas, con la excepción de los contratos de suscripción para el suministro de tales publicaciones.
k) Los contratos celebrados mediante subastas públicas.
l) El suministro de servicios de alojamiento para fines distintos del de servir de vivienda, transporte de bienes, alquiler de vehículos, comida o servicios relacionados con actividades de esparcimiento, si los contratos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos.
m) El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor y usuario con el conocimiento por su parte de que en consecuencia pierde su derecho de desistimiento.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 00:33

aljimenez escribió:
E

Las condiciones particulares que puedan aparecer en una web, en un anuncio o en una subasta, nunca están por encima de los derechos que aparecen en las leyes.


Totalmente de acuerdo
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 00:36

@curioso La ley europea es de rango superior a la ley española, por lo que debe cumplirse la europea.

En cualquier caso, esto no es una subasta pública, es una subasta privada. Públicas son las que organiza un ente público en el que puede participar cualquiera.


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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 00:37

aljimenez escribió:
Otro ejemplo muy común es que cuando veáis en algún anuncio que el vendedor no se hace responsable si no te llega un artículo a no ser que pagues un extra para asegurarlo, es falso. El encargado de que el producto te llegue es el vendedor. Si no te llega, será él, el que tenga que cargar con los costes de la pérdida.

Todo depende del tipo del contrato. Tu puedes comprar en origen, puesto en casa, ... Aunque lo habitual, si no se acepta lo contrario por ambas partes, es como dices
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 00:50

aljimenez escribió:
@curioso La ley europea es de rango superior a la ley española, por lo que debe cumplirse la europea.

En cualquier caso, esto no es una subasta pública, es una subasta privada. Públicas son las que organiza un ente público en el que puede participar cualquiera.

Tienes razón, aunque ya me pierdo en como esta transpuesta esta normativa europea, ó si hace y cuales son las excepciones al derecho de desistimiento. Que seguro que habrá como por motivos sanitarios

No, subasta publica es en la que cualquier persona puede pujar por la compra del bien.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 08:38

aljimenez escribió:
@curioso La ley europea es de rango superior a la ley española, por lo que debe cumplirse la europea.


Esto no es así, no hay Leyes europeas, hay Reglamentos, Directivas, Decisiones, Recomendaciones y Dictámenes. En este caso que nos ocupa es una Directiva y "las directivas son actos legislativos en los cuales se establecen objetivos que todos los países de la UE deben cumplir. Sin embargo, corresponde a cada país elaborar sus propias leyes sobre cómo alcanzar esos objetivos. Ejemplo de ello es la Directiva sobre los derechos de los consumidores, que refuerza los derechos de los consumidores en toda la UE al eliminar, por ejemplo, las tasas y costes ocultos en internet y ampliar el periodo durante el cual los consumidores pueden desistir de un contrato de venta."

Entonces no hay Leyes españolas inferiores a ninguna legislación de la Unión Europea.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 09:27

Curioso escribió:
aljimenez escribió:
@curioso La ley europea es de rango superior a la ley española, por lo que debe cumplirse la europea.

En cualquier caso, esto no es una subasta pública, es una subasta privada. Públicas son las que organiza un ente público en el que puede participar cualquiera.

Tienes razón, aunque ya me pierdo en como esta transpuesta esta normativa europea, ó si hace y cuales son las excepciones al derecho de desistimiento. Que seguro que habrá como por motivos sanitarios

No, subasta publica es en la que cualquier persona puede pujar por la compra del bien.


Pues creo que tienes razón, ya que leyendo la definición de la ley que expones queda más o menos claro:

h) 'subasta pública': procedimiento de contratación transparente y competitivo en virtud del cual el empresario ofrece bienes o servicios a los consumidores y usuarios que asistan o puedan asistir a la subasta en persona, dirigido por un subastador y en el que el adjudicatario esté obligado a comprar los bienes o servicios.

Pues quizás la diferencia radique en el hecho de que exista un subastador y que se pueda acudir en persona a la misma, según la propia definición.

Habría entonces que diferenciar entre subastas sin subastador y sin presencia en vivo como ebay, catawiki o incluso las electrónicas de Cayón, Pliego o Tauler en las que no sería subasta pública y entre las que hay subastador, que sí se considerarían subasta pública y por tanto no habría posibilidad de utilizar dicha garantía.



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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 10:11

Con Tauler y Fau tuve una incidencia con una moneda hace unos meses, me atendieron perfectamente y anularon la compra. Además, suelo recoger las monedas en persona y siempre que he estado por allí me han atendido muy bien, no como en alguna otra casa de subastas en la te da la sensación de que molestas.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 11:16

Pedromarmol escribió:
aljimenez escribió:
@curioso La ley europea es de rango superior a la ley española, por lo que debe cumplirse la europea.


Esto no es así, no hay Leyes europeas, hay Reglamentos, Directivas, Decisiones, Recomendaciones y Dictámenes. En este caso que nos ocupa es una Directiva y "las directivas son actos legislativos en los cuales se establecen objetivos que todos los países de la UE deben cumplir. Sin embargo, corresponde a cada país elaborar sus propias leyes sobre cómo alcanzar esos objetivos. Ejemplo de ello es la Directiva sobre los derechos de los consumidores, que refuerza los derechos de los consumidores en toda la UE al eliminar, por ejemplo, las tasas y costes ocultos en internet y ampliar el periodo durante el cual los consumidores pueden desistir de un contrato de venta."

Entonces no hay Leyes españolas inferiores a ninguna legislación de la Unión Europea.

No se puede explicar mejor
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 11:24

Citación :
Pues creo que tienes razón, ya que leyendo la definición de la ley que expones queda más o menos claro:

h) 'subasta pública': procedimiento de contratación transparente y competitivo en virtud del cual el empresario ofrece bienes o servicios a los consumidores y usuarios que asistan o puedan asistir a la subasta en persona, dirigido por un subastador y en el que el adjudicatario esté obligado a comprar los bienes o servicios.

Pues quizás la diferencia radique en el hecho de que exista un subastador y que se pueda acudir en persona a la misma, según la propia definición.

Habría entonces que diferenciar entre subastas sin subastador y sin presencia en vivo como ebay, catawiki o incluso las electrónicas de Cayón, Pliego o Tauler en las que no sería subasta pública y entre las que hay subastador, que sí se considerarían subasta pública y por tanto no habría posibilidad de utilizar dicha garantía.

A la subasta se puede acudir en persona, bien físicamente ó también telemáticamente por internet. En ambos casos tenemos presencia persona. Por eso los accesos a las subastas electronicas son con usuarios personales y para ello nos piden y aportamos los datos identificatorios personales
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 11:29

Perdona @Ruffle22 que hayamos usado tu tema de agradecimiento, para estos comentarios de nuestros derechos. Pero la conversación ha derivado por ahí y como bien dice @aljemiez siempre es bueno que sepamos cuales son nuestros derechos.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 11:49

Telemáticamente no tienes presencia personal, otra cosa es que si que exista la posibilidad y tú decidas no ir y prefieras pujar por internet.

Hay subastas en las que no se celebra presencialmente acto alguno (Pliego, alguna de Cayón, alguna de Tauler, eBay, Catawiki...) por lo que quedarían dentro de la garantía europea y fuera de la definición de subasta pública.

En el acceso electrónico a una subasta ¿te han pedido copia del DNI? ¿Entras con certificado digital? No. Por lo tanto no está garantizada la autenticidad de quién realiza las pujas. De hecho, poco más que un correo electrónico y un número de DNI (puede ser tuyo o del vecino) es lo que piden la mayoría.

Entiendo que por ahí es por donde van los tiros con la definición normativa y también la causa por la que Catawiki (aunque es casa de subastas) no es considerada como subasta pública y por tanto tienen que conceder la garantía de desestimiento de 14 días.


www.numismaticaladobla.com

Me interesan Reales de a 1 Ceca Toledo en buen estado, que se lea casi toda la leyenda. Desde Enrique II hasta Felipe IV.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeVie 05 Jul 2019, 12:12

RUFFLE22 escribió:
Como de bien nacidos es ser agradecido y para criticar algo que no nos gusta somos los primeros, me gustaría agradecer y que llegue a los máximos compañeros posibles el trato recibido en la última subasta de Tauler y Fau por parte de Jacobo.

Os cuento, como si de un principiante se tratara, le echo un vistazo a la web de Tauler mirando los lotes de la subasta de verano.Puje por algunos lotes a la baja con la idea de mejorar mis pujas más adelante y lo hacía mientras en otros menesteres.
Uno de los lotes, 8 escudos de Carlos III le pujó 700 euros y se pone la puja en 651 euros , ganando yo por ahora, faltando 15 días para el día de la subasta.
Van pasando los días y me van superando en varias.
Faltando un par de días subí alguna puja en algun lote que me interesaba de verdad, y el lote en cuestión sigue en 651 euros.
Acaba la subasta y veo que me adjudican algún lote y que también gano los 8 escudos por 700 más comisiones,  imaginaos la sorpresa.
Rápidamente me voy al lote y compruebo que es reproducción de joyeria,  perfectamente avisado en la descripción del lote.Yo no lo leí por pujar como no se debe, en la web la descripción no se veía completa si no se abría y yo no lo hice.
Al día siguiente llamo a Tauler y me atiende muy amablemente te Jacobo y me cancela el lote cuando le explico lo que me ha pasado.
Entiende que es un error humano y que a el también le gusta que nosotros entendamos cuando la casa comete un error

Así que una moneda de más de 800 euros que yo no queria y que gracias a Jacobo no tengo que pagar.

Veía justo agradecer  públicamente en el foro para que sepáis como actúan con los clientes Tauler y Fau.

A mi me paso algo al contrario , me llamaron por teléfono y explicaron el motivo muy amablemente pero me quede como ese que va hacer una entrevista de trabajo y te piden si tienes experiencia laboral, y te quedas así...a ver si no me contratan como voy adquirir experiencia laboral esa que me solicitáis, todo fue porque cambie unos datos para que llegado el caso me llegara a otra dirección pues si yo estaba fuera y nada me paso como el que va a pedir trabajo por primera vez.... scratch study


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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeJue 11 Jul 2019, 17:39

Buenas compañeros, yo también he decir el exquisito trato y educación que he recibido de parte del sr. Jacobo de Tauler &Fau.
Estoy acostumbrado varios años a comprar (y tratar ) con los grandes en subastas, a saber: AUREO, CAYÓN, MARTÍ HERVERA...etc donde también el trato con ellos es muy profesional y hasta ahora ,en las ultimas subastas de Julio, no había comprado en Tauler&Fau donde , por fortuna gané algunos lotes,pues...¡¡¡ increible amigos !!! pago todo lo adjudicado con tarjeta y al rato me llega un mensaje de MRW de que mi envío lo recibo al dia siguiente...y así ha sido en efecto, a las 24 horas de haberlo pagado lo tengo en casa..!!!
En fin, un muy buen comienzo con esta casa de subastas que junto con la amabilidad del sr. Jacobo y la rapidez en la gestión solo me hace esperar con verdadero ahínco las próximas subastas que estén por venir.
Por cierto...¿que opináis del resultado de la de LOS DUROS SEVILLANOS..? yo lo veo bastante bueno ¿ Y vosotros?
Un saludo.
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MensajeTema: Re: Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau   Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau Icon_minitimeSáb 13 Jul 2019, 01:07

Curioso escribió:
El artículo 103 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias establece las excepciones al derecho de desistimiento del consumidor:

a) La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento.
b) El suministro de bienes o la prestación de servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar y que puedan producirse durante el periodo de desistimiento.
c) El suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor y usuario o claramente personalizados.
d) El suministro de bienes que puedan deteriorarse o caducar con rapidez.
e) El suministro de bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega.
f) El suministro de bienes que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes.
g) El suministro de bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado en el momento de celebrar el contrato de venta y que no puedan ser entregadas antes de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado que el empresario no pueda controlar.
h) Los contratos en los que el consumidor y usuario haya solicitado específicamente al empresario que le visite para efectuar operaciones de reparación o mantenimiento urgente; si, en esa visita, el empresario presta servicios adicionales a los solicitados específicamente por el consumidor o suministra bienes distintos de las piezas de recambio utilizadas necesariamente para efectuar las operaciones de mantenimiento o reparación, el derecho de desistimiento debe aplicarse a dichos servicios o bienes adicionales.
i) El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor y usuario después de la entrega.
j) El suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas, con la excepción de los contratos de suscripción para el suministro de tales publicaciones.
k) Los contratos celebrados mediante subastas públicas.
l) El suministro de servicios de alojamiento para fines distintos del de servir de vivienda, transporte de bienes, alquiler de vehículos, comida o servicios relacionados con actividades de esparcimiento, si los contratos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos.
m) El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor y usuario con el conocimiento por su parte de que en consecuencia pierde su derecho de desistimiento.

Si la moneda es de oro o plata, podríamos considerar que buena parte del precio pagado depende del valor del metal, el cual puede fluctuar considerablemente en el periodo de desistimiento.

Salut
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Gracias por el trato recibido a Tauler y Fau
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