LOS EFECTOS DEL "GRAN ESCÁNDALO" DE POTOSÍ
EN ESPAÑA
Francisco Jovel
Roberto Jovel
ANTECEDENTES
En el libro titulado Necessity Coinage of Guatemala y en el trabajo incluido en el Anuario de ANUCH de 2000, bajo el título La contramarca guatemalteca de corona sobre moneda macuquina peruana en el Siglo XVII, se describieron los acontecimientos relacionados con la moneda de plata de baja ley producida en la Casa de Moneda de Potosí a principios del Siglo XVII, tanto en el Reino del Perú como en el de Guatemala, respectivamente.
En el presente artículo los Autores describen los efectos que el llamado Gran Escándalo, por la reducción de la fineza de la moneda acuñada en Potosí durante la primera mitad del siglo diecisiete, tuvo en España bajo el reinado de Felipe IV. Para ello, accedieron por medio del Internet al Archivo General de Simancas – ubicado en las cercanías de Valladolid en España – para obtener información sobre el tema. Al respecto, la Asociación de Amigos de la Casa de la Moneda de Segovia mantiene una extensa base de datos sobre documentos históricos disponibles en los archivos españoles. Dicha base de datos incluye más de 6,000 fichas de documentos originales sobre la acuñación de moneda y la política monetaria española correspondientes a los Siglos XVI y XVII, que han sido organizados por el distinguido historiador numismático Glenn Murray, a lo largo de un período de seis años bajo un proyecto financiado por la Fundación de la Casa de la Moneda de Segovia.
Si bien la excursión virtual hecha por los Autores en los archivos de Simancas para el período comprendido entre 1644 y 1657 fue exhaustiva, la información obtenida revela solamente una parte de la situación generada por la moneda feble potosina. Ello no obstante, permite lograr una idea de los problemas y la pérdida de imagen y confianza de la moneda española de aquella época en los mercados europeos.
EL DESCUBRIMIENTO DEL GRAN ENGAÑO
Desde principios del Siglo XVII se había señalado que existían irregularidades en cuanto a que las monedas de plata acuñadas en la ceca de Potosí no cumplían con las normas establecidas en cuanto a fineza y peso. Sin embargo, la Corona española – bajo el reinado de Felipe IV – solamente tomó conciencia de tal situación a mediados de la década de 1640. En efecto, con fecha 12 de abril de 1644, el Ensayador Mayor del Reino, don Andrés de Ferrera, envió un oficio al Presidente del Consejo de Hacienda haciendo ver el fraude y escándalos causados por la moneda falta de ley que recientemente había llegado de las Indias, y solicitando la creación de una comisión para “con todo secreto” poner fin a tal situación.
FELIPE IV
Felipe IV nació en Valladolid en 1605 y murió en Madrid en 1665. Fue monarca de España y las Indias desde 1621 hasta su muerte. Era hijo de Felipe III y su esposa Margarita de Austria, habiendo subido al trono a la muerte de su padre. Se casó en dos ocasiones; primero con Isabel de Borbón en 1615 y luego con Mariana de Austria en 1648. Durante su mandato hizo especiales esfuerzos para restaurar el poder del trono español, que se había visto disminuido durante el reinado de su padre. Ello supuso la introducción de importantes reformas en diferentes ámbitos. En lo económico adoptó el modelo mercantilista holandés, y mediante el proyecto de Unión de Armas procedió a ordenar y canalizar eficazmente los recursos monetarios provenientes de los reinos del extranjero que se requerían para mantener las fuerzas armadas en capacidad de hacer frente a cualquier enemigo así como para asegurar la llegada de los mismos recursos hasta la Península. En lo administrativo – por medio del Gran Memorial – buscó establecer una monarquía eficaz, con objetivos y metas claramente definidas. Sin embargo, los recursos decrecientes de oro y la oposición de las Cortes a los cambios en los impuestos y a la Unión de Armas, generaron la quiebra de la monarquía en 1627. Además, a partir de 1621 se acuñó moneda de vellón en exceso, y entre 1628 y 1631 se produjeron derrotas militares con consecuencias desastrosas para España. La guerra contra Francia comenzó en 1635 y requirió de grandes cantidades de recursos que debían ser aportados por la nobleza. Ello provocó la rebelión de catalanes y portugueses en 1640. La guerra prosiguió con la consiguiente presión fiscal, que desembocó en una segunda quiebra en 1647. Además, hubo una sucesión de malas cosechas agrícolas que generaron revueltas en Castilla y en Nápoles. Finalmente, Felipe IV firmó la paz en Munster en 1648 y en los Pirineos en 1659. Durante los últimos años de su reinado hizo el intento de recuperar Portugal. Al fallecer, dejó una monarquía sumida en una recesión profunda, y se cuestionaba fuertemente su autoridad por parte de la nobleza, diversas ciudades y regiones.
Mediante Real Cédula de 23 de diciembre de 1642, Felipe IV había establecido que la ley o fineza de la moneda de plata proveniente de América debería ser de 11 Dineros y 4 Granos, o su equivalente decimal de 0.931. Tal norma debía ser observada escrupulosamente por los Ensayadores de las diferentes cecas americanas y su quebrantamiento era considerado como crimen de lesa majestad.
A pesar de que ya en 1644 se había descubierto que las monedas potosinas no cumplían con la norma, seguramente que los diferentes problemas internos y externos que hubo de enfrentar Felipe IV le impidieron otorgar al tema la importancia que merecía.
Sin embargo, nuevamente en 1648 surgieron informes oficiales acerca de la falta de ley en la moneda potosina. Por ejemplo, el 7 de julio de dicho año la Casa de Contratación de Sevilla informó al Rey acerca de “los embarazos ocasionados por la moneda (de Indias), no queriendo aceptarla los comerciantes hasta que se realizase el ensayo respectivo”. Días más tarde, el Consejo de Hacienda del Reino de Aragón indicó la “falta de hasta 3 Reales en monedas de a 8 Reales en monedas provenientes del pago al ejército real”, lo que movió a Felipe IV a dictar un decreto para hacer ensayar la moneda potosina. El Reino de Castilla envió un reclamo similar fechado el 5 de septiembre. Evidentemente, la moneda potosina que había llegado en la flota desde América ese año estaba circulando por toda España y se había detectado por los particulares – y confirmado por los Ensayadores Reales – que contenían un feble cercano e incluso superior al 25%, lo que ocasionaba su rechazo generalizado.
LAS ACCIONES ADOPTADAS EN EL PERÚ
En respuesta a lo anterior, Felipe IV designó al Dr. Francisco de Nestares Marín – una persona de su entera confianza y con conocimientos sobre el tema monetario – para que viajase a Potosí con objeto de investigar y poner remedio a la situación. Adicionalmente, el Rey decidió – con fecha 15 de enero de 1649 – enviar al Virrey del Perú muestras de los Reales de a ocho que habían sido examinados en noviembre de 1648 por los Ensayadores Reales Andrés de Perera y Pedro de Arce.
Nestares Marín inició su labor en Potosí a fines de diciembre de 1648. Como resultado de ella, se destituyó y encarceló al Corregidor de la ciudad, don Juan Velarde Treviño; se removió de su cargo al entonces Tesorero propietario de la ceca don Bartolomé Hernández, y se dictó sentencia de muerte contra los antiguos Tesoreros Francisco Ximénez de Cervantes y Miguel Ruiz por complicidad en la falsificación de la moneda. Además, Nestares Marín comprobó que existía complicidad entre los oficiales de la ceca y los mercaderes de plata, por lo que el Alcalde Francisco Gómez de la Rocha y el Ensayador Felipe Ramírez de Arellano (monograma FR en las monedas) fueron condenados a muerte por garrote vil en diciembre de 1649, siendo posteriormente colgados sus cadáveres en la plaza pública para escarmiento. Posteriormente, fueron condenados a muerte en 1652 los mercaderes de plata Luis de Vila, Miguel de Casanoba y Pedro Felipe de Guadalupe. Además, Nestares Marín dispuso la remoción y el juicio al Ensayador Pedro Zambrano (inicial Z en las monedas), nombrando en su lugar a don Juan Rodríguez de Rodas quien había venido desde España para asumir el cargo. También mandó encarcelar a Jerónimo Velásquez quien había fungido brevemente como Ensayador en 1646.
Para resolver en su origen el problema de la moneda potosina adulterada, Felipe IV emitió una Real Cédula con fecha 22 de diciembre de 1650, mediante la que daba libertad al Virrey Marqués de Mancera para definir la manera de devaluar la moneda potosina, mejorar la ley de las nuevas monedas, y cambiar el diseño de los cuños. La Real Cédula ordenaba que “se mude enteramente como lo ordeno la forma del cuño fuerte que no imite el de hasta ahora sino que, por la una parte se pongan las armas de Castilla y León y por la otra las dos columnas con el Plus Ultra en medio”. Ello dio origen al nuevo diseño de las macuquinas que se comenzaron a acuñar a partir de 1653 con el diseño llamado columnario.
Mientras se comenzaba con la producción de las monedas con el nuevo diseño columnario, el Ensayador Rodas – que usaba el símbolo ☉ para identificarse – y su sucesor Antonio de Ergueta fabricaron macuquinas, entre 1649 y 1652, que no lograron alcanzar completamente la ley o fineza establecida en las normas reales respectivas, quedando con un feble del 6%. Ellas fueron devaluadas correspondientemente – esto es, la de 8 Reales a 7 ½ y la de 4 Reales a 3 ¾ -- y se recurrió a resellarlas con una corona para que el público pudiese identificarlas con facilidad.
LOS PROBLEMAS EN ESPAÑA
Mientras sucedía lo anterior en Potosí, las monedas potosinas faltas de ley – anteriores a las acuñadas por Rodas y Ergueta – continuaron generando problemas crecientes, no solamente en los mercados internos sino también en Europa.
Con relación a este último caso, el Embajador español en Génova, don Antonio Ronquillo, envió una comunicación al Rey el 23 de enero de 1649 indicando que “en un envío de monedas recibidas de Cádiz se había encontrado gran cantidad de reales de a ocho labrados en Perú y faltos de ley, con el consiguiente trastorno”. Además, el 7 de noviembre del mismo año el presidente del Consejo de Hacienda aconsejó al Rey enviar plata en barras a Flandes “por el descrédito que tiene la moneda en Reales del Perú”. Finalmente, a principios de 1650, un memorando del Factor del Rey expuso los problemas que se presentaban para efectuar pagos en Génova debido a que en las letras se “dice que se paguen en Reales de a ocho escluso los del Perú (…)”. Ello ilustra el descrédito de la moneda española en los países europeos con que aquella mantenía relaciones comerciales.
En cuanto a los problemas internos, desde Córdova y otras ciudades se recibieron en Madrid durante 1649 informes indicando la llegada de cargamentos de plata que incluían moneda falta de ley, sin duda luego del arribo de la flota de dicho año. El problema que había sido detectado por el comercio el año anterior, estaba generando una gran desconfianza entre el público español en general. Ante cartas llegadas de los Reinos de Aragón y Valencia el 14 de agosto, el Rey se vio precisado a decretar que se reuniera con urgencia el Consejo de Hacienda para tomar una resolución sobre el asunto de la moneda peruana. Dos semanas más tarde y luego de largas deliberaciones, el 28 de ese mismo mes de septiembre, el Presidente del Consejo urgió al Rey que publicase la pragmática recomendada “sobre la moneda peruana de rebajada ley, debido a que todos se recatan de comerciar con esta moneda”. Felipe IV actuó con rapidez ante la recomendación de sus colaboradores y autorizó la Pragmática de 1º de octubre de 1650 que dispuso la recolección y fundición de toda la moneda acuñada en Perú. Específicamente, el monarca mandaba en su Pragmática:
“que toda la moneda falta de ley que huviere en el Perú, se reduzga a las de moneda destos Reynos, para que allí se funda y afine, y ponga a la ley que debe tener, prohibiendo desde luego el uso della”.
Dicho de otra forma, como el público no tenía forma de saber cuál era la moneda peruana falta de ley, la decisión propuesta por el Consejo que adoptó el Rey generó dos tipos de problemas: por una parte, se produjeron dificultades y hasta paralización del comercio y “no recaudación de impuestos hasta que no empiece a correr moneda de nuevo”; por la otra, ocurrieron grandes y largas discusiones entre los Ensayadores acerca de “los procedimientos para reconocer la moneda de buena ley de la mala”. Seguramente que ante la incertidumbre el público comenzó guardando sus monedas peruanas hasta saber a ciencia cierta cuál sería el futuro de éstas.
Con la paralización del comercio en algunas plazas se produjo el desabastecimiento de productos esenciales de consumo y el alza de los precios en el mercado, con el consiguiente descontento de la gente. Por ello, Felipe IV se vio obligado a reconsiderar y mediante un pregón emitido a fines de Octubre de 1650 mandó:
“que todos los reales de á ocho, y de á quatro del Perú, sin distinción alguna de unos á otros, desde agora en adelante, valgan los de ocho á seis reales de plata, y los de á quatro á tres”.
Con dicho pregón se devaluaba toda la moneda potosina, a pesar de existir en circulación moneda buena de la misma procedencia y de épocas anteriores. Por esa razón, el público prefirió llevar sus monedas a las cecas reales para su ensaye, fundición y reacuñación posterior, con lo cual reducía sus pérdidas. El Consejo de Hacienda hubo de deliberar acerca de la forma de distribuir los daños ocasionados por la moneda perulera feble entre las bolsas y los hombres de negocios, ante lo cual el Rey finalmente decidió que no se cobraría señoreaje por fundir y reacuñar dicha moneda hasta en 1651. Se pidió a los Tesoreros del Reino que mediante declaración jurada informasen acerca de las piezas de a ocho y de a cuatro Reales del Perú que obrasen en su poder, y el 18 de noviembre el Rey emitió una Orden a las diferentes Casas de Moneda para que emprendiesen la labor de fundición y reacuñación de la moneda perulera. En algunos casos – como en el de la ceca de Segovia – si bien tenían a punto toda la maquinaria, les fue preciso a fines de diciembre solicitar la presencia de un Ensayador de la Casa de Moneda de Madrid. Las diferentes cecas españolas laboraron por espacio de seis a nueve meses en 1651 para poder completar la labor de fundición y reacuñación. Ya en febrero de dicho año la de Valladolid envió al Presidente del Consejo de Hacienda muestras de las monedas de Reales de a 8, 4 y 2 elaborados con la pasta fundida de las monedas peruleras. Sin embargo, en junio el Presidente del Consejo de Hacienda recomendó conceder licencia a algunos hombres de negocios para sacar a Italia barras de pasta de plata de la moneda perulera fundida, por cuanto no se podía esperar a que las Casas de Moneda terminasen de labrar la nueva moneda. Simultáneamente, el mismo Consejo denegó solicitudes de hombres de negocios para sacar de España Reales peruleros de a ocho, contándolos al valor de seis Reales, “ya que esto podría aumentar el descrédito de la moneda española”.
Si los problemas antes descritos y el descrédito de la moneda española, tanto interna como externamente, eran grandes, existe un caso que seguramente debe haber tenido gran repercusión y debe haber generado considerable molestia personal al Rey. El hecho es que a fines de octubre de 1650 la Reina doña Mariana se encontró con que llevaba en su bolso, para pagar alguna compra, varios Reales de a ocho peruanos de baja ley! Incluso se presentó una consulta formal ante el Consejo de Hacienda acerca de la forma de reemplazar tales monedas. El problema de la moneda peruana feble estaba por lo tanto metido incluso dentro de la misma Casa Real.
A mediados de 1651 se produjo un brote de peste en algunas partes de España, y el Corregidor de Xerez de la Frontera propuso que, en vez de aguardar la fundición y reacuñación de la moneda peruana, se aceptase el pago de impuestos en Reales peruanos de a ocho tomados a seis Reales, lo cual fue denegado por el Consejo de Hacienda seguramente para asegurar que efectivamente desaparecieran de circulación toda las monedas peruanas febles. En septiembre del mismo año se estaban produciendo algunos trámites no completamente legales por parte de algunos mercaderes al introducir moneda perulera feble junto con barras de plata para su fundición en las Casas de Moneda, y pretendiendo que se les eximiese de pagar señoreaje por ambas, cuando solamente el caso de las primeras estaba exento.
A principios de enero de 1652 se recibió una consulta sobre las posibles consecuencias de que en las Islas Canarias no se observase la Pragmática referente a las monedas peruleras febles, al tener en cuenta que no existe una Casa de Moneda en dicho lugar. La consulta fue eventualmente aprobada.
Al parecer las monedas peruanas faltas de ley que llegaron a la Península Española en 1651 no fueron detectadas sino hasta cuando ya se habían diseminado por todas partes, razón por la que su fundición y reacuñación tuvo que llevarse a cabo en prácticamente todas las cecas del Reino. En 1652, en cambio, al llegar la flota desde América con plata perulera, ya se estaba sobreaviso en la materia y esas monedas habrían sido fundidas y reacuñadas principalmente en la Casa de Moneda de Sevilla. Por ello, el Rey emitió el 16 de junio de dicho año una Cédula en la que mandaba cobrar señoreaje para la fundición y reacuñación de la moneda que llegase en 1652, al considerar que las condiciones que originaron la exención el año anterior ya habían sido superadas. Sin embargo, como la orden de fundición y reacuñación cobrando señoreaje fue dada solamente a la ceca de Sevilla – y no a todas las del Reino – el Rey emitió un Decreto fechado en 25 de agosto mediante el que derogaba el cobro del señoreaje también para el caso de las monedas peruanas febles recibidas en 1652. En octubre, para evitar un fraude por parte de unos mercaderes fue necesario cancelar el contrato que habían suscrito en la Casa de Moneda de Sevilla para reducir plata peruana a razón de 5 ¾ por cada ocho Reales, y que posteriormente trataron de reducir en la de Segovia en Reales sencillos y medios al precio de ocho Reales por Real de a ocho.
En 1653 se suscitó una controversia acerca del cobro del señoreaje por reducir moneda peruana feble en 1651 por parte del Alcalde Mayor de la Casa de Moneda de Sevilla, situación que fue explicada pormenorizadamente por el interesado luego de haberse solicitado el nombramiento de un juez para la investigación.
Entre 1654 y 1657 se enviaron diferentes comunicaciones relacionadas con un Arquero Real que se encontraba en prisión por haber cometido fraudes en el manejo de la moneda perulera; con una demanda pendiente sobre la utilización fraudulenta en la Casa de Moneda de Madrid de una balanza que faltaba a su peso y que fue usada para la reducción de moneda perulera, lo que habría resultado en la pérdida de 30,000 Reales de plata; y con la realización de una investigación sobre fraudes cometidos en Asturias al registrar la moneda perulera feble.
EPÍLOGO
El “Gran Escándalo” generado por la reducción fraudulenta de la ley o fineza de la plata en la moneda elaborada en la Casa de Moneda de Potosí no solamente trajo consecuencias para los funcionarios y mercaderes de plata de aquella ciudad que se coludieron para cometer el fraude. Toda España se vio también afectada, tanto por la pérdida del valor intrínseco de la moneda por parte de los tenedores de la misma como por el descrédito de la moneda española en Europa. Incluso la Casa Real misma se vio envuelta en situaciones embarazosas.
Al tener en cuenta que en un ensayo de monedas potosinas febles realizado en la Casa de Moneda de Madrid el 26 de septiembre de 1650, los 2,952 Reales de dicha moneda quedaron reducidos a solamente 2,203 Reales de moneda legal, puede afirmarse que la ley o fineza de la plata en la moneda hecha en Potosí era un 25.4% inferior a la norma vigente en aquella época. Si a ello se añade que durante los ocho años en que se presume duró dicho fraude se exportaron desde Potosí a España un total de 38.6 millones de Pesos en monedas de 8 y 4 Reales febles, el desfalco del “Gran Escándalo” se situaría muy cerca de los 10 millones de Pesos de aquellos tiempos, una suma nada despreciable.
RECONOCIMIENTOS
Los Autores desean dejar constancia de su agradecimiento al distinguido historiador numismático Glenn Murray, de la Asociación de Amigos de la Casa de Moneda de Sevilla, por su desinteresada y eficaz cooperación para permitir el acceso a la información disponible en el Archivo General de Simancas, por la via del Internet.
También desean aprovechar la ocasión para destacar las posibilidades que ahora ofrece el Internet para la realización de investigaciones a distancia.
http://www.segoviamint.org/espanol/articulos/efectos_moneda_potosina_en_Espana.html[/size][/size][/size]