Djeco PRINCIPALIS MAYOR
Cantidad de envíos : 1602 Localización : Barcelona • Actividad : 1634 Fecha de inscripción : 24/03/2013
| Tema: 3a pregunta Mini-concurso (2 puntos para ELCUAZ) Mar 14 Jun 2022, 2:17 pm | |
| Bueno, una pregunta billetera:
¿Se emitieron billetes de banco (no del Banco de España) en nuestro país con posterioridad a 1885? En caso de ser una respuesta afirmativa, citar 1 ejemplo. En caso de ser negativa, justificar por qué.
Bonus: ¿qué norma con rango legal preveía la posibilidad de emitirlos? Citar norma y artículo. *Pista: estoy preguntando desde 1885, así que la norma es de ese año.
Recordad las reglas sobre el tiempo que debe mediar entre respuestas y la puntuación de los bonus.
Saludos, |
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Ric PRAEFECTVS PRAETORIO
Cantidad de envíos : 4338 Localización : La Coruña • Actividad : 4697 Fecha de inscripción : 18/02/2022
| Tema: Re: 3a pregunta Mini-concurso (2 puntos para ELCUAZ) Mar 14 Jun 2022, 2:28 pm | |
| Va venga, me arriesgo por como has formulado la pregunta. La respuesta es NO ... justificarlo ya es otro asunto ... Os leo por la noche, marcho al trabajo ... sed buenos Saludos Si así fue, así pudo ser, si así fuera, así podría ser, pero como no es, no es |
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ELCUAZ MIEMBRO HONORÍFICO
Cantidad de envíos : 5156 • Actividad : 5657 Fecha de inscripción : 03/04/2010
| Tema: Re: 3a pregunta Mini-concurso (2 puntos para ELCUAZ) Mar 14 Jun 2022, 4:03 pm | |
| Hola. El 10 de agosto de 1885 el Consejo General del Banco de España determinó que todos sus billetes se hicieran en lo sucesivo en España, "bajo la inmediata dirección, inspección y vigilancia de la Administración Central y en el mismo edificio en que tenga sus oficinas".
Por tanto la respuesta es no.
No se si van por ahí los tiros. |
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ELCUAZ MIEMBRO HONORÍFICO
Cantidad de envíos : 5156 • Actividad : 5657 Fecha de inscripción : 03/04/2010
| Tema: Re: 3a pregunta Mini-concurso (2 puntos para ELCUAZ) Mar 14 Jun 2022, 4:42 pm | |
| Bueno, he pensado que me he ido por los cerros de Úbeda así que doy otra respuesta.
Que yo sepa no se han emitido billetes. Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio. Artículo 179: Los bancos podrán emitir billetes al portador, pero su admisión en las transacciones no será forzosa. Esta libertad de emitir billetes al portador continuará, sin embargo, en suspenso mientras subsista el privilegio de que actualmente disfruta por Leyes especiales el Banco Nacional de España. |
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Djeco PRINCIPALIS MAYOR
Cantidad de envíos : 1602 Localización : Barcelona • Actividad : 1634 Fecha de inscripción : 24/03/2013
| Tema: Re: 3a pregunta Mini-concurso (2 puntos para ELCUAZ) Mar 14 Jun 2022, 5:57 pm | |
| @Ric, efectivamente la respuesta era no, pero sin justificación no me vale. @ELCUAZ, doble punto. El Código de Comercio de 1885 (vigente hoy aunque prácticamente en ruinas) preveía, y sigue previendo, que los bancos emitan billetes, pero esa previsión nunca se llegó a hacer efectiva. La justificación estaba en ese artículo. Para acabarlo de redondear, el Banco de España tenía el monopolio de los billetes desde 1874 (esta hubiese sido otra forma de justificar válida). Al resto, ya sabéis que este concurso es como eurovisión, hasta que no llegue el televoto (mostrar nuestras piezas) nada está decidido. |
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