Buenos días, hoy traigo aquí la ultima Republicana que llego a mi coleccion para que la veáis.
Periodo: Republica Romana
Gens: P. Servilius Rullus
Metal: AR Plata
Tipo: Denario.
Ceca: Roma
Año: 100 a.C.
Anverso: Busto con coraza de Minerva a la izquierda, con casco corintio con cresta; RVLLI hacia arriba detrás.
Reverso: Victoria guiando rápido viga hacia la derecha, sosteniendo palma y las riendas; P debajo de los caballos, P • SERVILI • M • F en exergo.
Clasificación: Crawford 328/1; RSC Servilia 14.
Peso: 3,78 g, Diametro: 21 mm
Un poquito de Historia sobre esta Gens/Familia:La Gens Servília (latín: Servilia gens) fue una Gens (familia) romana originalmente patricia y después también plebeya. Según la tradición, era una de las casas de Alba Longa llevadas a Roma por Tullus Hostilio y convertidas en familias patricias, incluida en el grupo de las “minorías gentes”. Fue una Gens relevante en la época republicana y aparecen varias veces en los Fasti. También aparecen nombrados los Servilio en el período imperial.
El primer Servilio que fue cónsul era Publi Servilio Prisco Estrusco en el 495 aC, y el último, Quinto Servilio Silá, cónsul con Comodo en el 189. La importancia, pues, de la Gens Servília duró casi 600 años. Como otras gens romanas, los Servilio tenían sus propios objetos sagrados, y Plinio dice que rendían culto a una triena, o moneda de cobre, que aumentaba o disminuía de tamaño según los momentos, indicando así el aumento o la disminución de los honores de la gens.
El nombre de la familia es un apellido patronímico, basado en el nombre de pila Servi, significando el que mantiene a salvo o preserva. Es de suponer que este era el nombre del antepasado de la gens. Los Servilio se dividieron en numerosas familias, que usaron los apellidos Ahala, axila, Cepió, Casca, Gemin, Glaucón, Glóbulo, Prisco (con el agnomen Fidenes), Rullus, Estructe, Tuca y Vacio (con el agnomen Isauric). Los nombres más usados por la gens eran Quinto, Gayo, Publio, Cneo, Espurio, y Marco.
Publio Servilio Rullus (en latín: Publius Servilus Rullus) fue un magistrado romano del siglo I aC. Formaba parte de la Gens Servília, una de las más antiguas Gens romanas.
Fue tribuno de la plebe en el año 63 aC (entró en el cargo 10 de diciembre del 64 aC) y propuso una ley agraria (Lex Servilia), que el cónsul Cicerón atacó en tres discursos que se conservan. La ley, muy extensa, fue presentada en enero de 63 aC y de su ejecución debía encargarse a diez decemviris elegidos del mismo modo que se elegía el Pontífice Máximo, por un período de cinco años. Diecisiete de las tribus romanas se elegían por sorteo, y nueve de estas tribus daban su voto a cada uno de los candidatos.
Los decemviris elegidos debían ser autorizados a vender todas las tierras de fuera de Italia si estas se habían convertido en parte del dominio público tras el consulado de Sila y Quinto Pompeio Rufus, el año 88 aC, excepto aquellas en que esta facultad estaba limitada por tratado (como en Campania) o las que ya habían sido asignadas por el estado tras el consulado de Cayo Mario el Joven y Cneo Papirio Carbón en 82 aC. El objetivo de esta última limitación era evitar cualquier oposición que pudieran hacer las numerosas personas que habían recibido subvenciones de tierras públicas de Sila. Además, a todos los procónsules y otros magistrados de las provincias, que aún no habían pagado al erario el dinero que habían obtenido como botín, se les ordenaba pagar a los decemviri, pero se hizo una excepción a favor de Pompeio , a quien por prudencia se eximió de esta ley. Todo el dinero recibido por los decemviris, tanto por la venta de tierras públicas como por los impuestos aplicados a los generales romanos, tenían que dedicarse a la compra de tierras en Italia, y estas tierras, asignarse a los ciudadanos romanos con menos recursos. Los decemviris debían establecer una colonia de 5.000 ciudadanos en las tierras públicas más ricas de la Campania. Estos eran los objetivos principales de la Lex Servilia, pero, además los decemviri eran autorizados a decidir en todos los casos, si la tierra pertenecía al dominio público o ha una persona privada, y a grabar con impuestos todas las tierras públicas que siguieran en manos de los antiguos poseedores. Esta ley con toda seguridad tenía el apoyo en la sombra de Julio César, entonces dirigente del partido popular romano, y se supone que César con ella quería atacar indirectamente a Cicerón, cónsul ese año, que habría visto decaer su popularidad si se hubiera opuesto a una ley que beneficiaba a los más pobres.
Pero Cicerón reaccionó con tres discursos (De Lege Agraria contra Rullum I-III) y sabemos que el primer lo pronunció el mismo día de su entrada en funciones y que este fue breve y moderado. Su actitud ante el senado debía dar seguridad que se opondría a esta y que haría que el pueblo la rechazara, antes que combatir la ley propiamente. El segundo discurso fue pronunciado probablemente al día siguiente, ante la asamblea del pueblo. Aquí la empresa era mucho más difícil, pero con su habilidad de abogado supo convencer a los oyentes que no ganarían nada con la aprobación de la ley, sino al contrario, perderían porque como en Roma, en ningún lugar estarían tan bien. Además, Cicerón presentaba los poderes extraordinarios de los decemviri como una limitación a la libertad y una infracción de las leyes constitucionales del pueblo romano. Acusaba los autores de la ley de sólo buscar su provecho particular. Fingía que creía que las colonias que se establecían al mismo tiempo que la ley agraria serían guarniciones militares que un día se enfrentarían a Roma, y que con los repartos de las tierras empobrecería el erario y llegaría a faltar el trigo en la ciudad. Hizo ver al pueblo que no habría suficientes tierras para todos, y sólo se beneficiarían del reparto unos cuantos privilegiados.
El tercer discurso, muy breve, lo pronunció ante el pueblo. Cicerón se justificaba contra la calumnia de Rullus, que le acusaba de ser partidario de Sila. Además, demostraba que era Rullus quien defendía a los poseedores de las tierras que habían sido los proscritos de Sila. La ley, al confirmar la propiedad de estas tierras y dar a los que se querían desprender, una oportunidad de venderlas, favorecía especialmente al suegro de Rullus, que poseía muchas tierras adquiridas con las proscripciones. Finalmente, la elocuencia de Cicerón triunfó y Rullus tuvo que desistir de su propósito y retiró totalmente la ley.
No se menciona ninguna Servilio Rullus hasta el año 41 aC, cuando un Publi Servilio Rullus era uno de los generales de Octavio (Augusto) en la guerra de Perugia. Podría ser el mismo personaje, pero probablemente era su hijo.