¡¡ Artículos de interés !! |
|
| | Leyenda de "Pagará, o no pagará, al portador" en Estado Español | |
| | Autor | Mensaje |
---|
Leione OPTIO
Cantidad de envíos : 933 Edad : 36 Localización : Lugo (Galiza) • Actividad : 1022 Fecha de inscripción : 07/09/2010
| Tema: Leyenda de "Pagará, o no pagará, al portador" en Estado Español Lun 18 Ene 2021, 3:04 pm | |
| Vengo fijándome en que los billetes con nominal de 25 pesetas en adelante del Estado Español, e incluso hasta entrada la transición con el modelo de 5,000 pesetas efigie Carlos III, contienen la leyenda de "pagará al portador". Sin embargo, los nominales inferiores, de 1, 2 5 y 10 pesetas, nada referencian a esto.
Me extraña porque de inicio lo consideraba una frase anacrónica, dado que la ley del 9 de noviembre de 1939 consideraba a los billetes con valor legal y poder liberatorio pleno. Es decir, dejaban de tener consideración de convertibilidad y pasaban a ser moneda con todas las de la ley.
Si lo de arriba es cierto, ¿cómo explicamos estas 3 décadas de emisiones donde se sigue realizando esta promesa?, y, lo que es más relevante, ¿por qué los billetes con nominales dimisionarios nunca contienen esta leyenda previamente al año 1939? (Donde podríamos suponer cierta convertibilidad, aunque cierto es que nunca contó con el ánimo del Banco de España manejar estos nominales) |
| | | Natxos7 MODERADOR
Cantidad de envíos : 9301 Localización : El Mundo • Actividad : 10015 Fecha de inscripción : 15/04/2012
| Tema: Re: Leyenda de "Pagará, o no pagará, al portador" en Estado Español Lun 18 Ene 2021, 4:27 pm | |
| - Leione escribió:
- Vengo fijándome en que los billetes con nominal de 25 pesetas en adelante del Estado Español, e incluso hasta entrada la transición con el modelo de 5,000 pesetas efigie Carlos III, contienen la leyenda de "pagará al portador". Sin embargo, los nominales inferiores, de 1, 2 5 y 10 pesetas, nada referencian a esto.
Me extraña porque de inicio lo consideraba una frase anacrónica, dado que la ley del 9 de noviembre de 1939 consideraba a los billetes con valor legal y poder liberatorio pleno. Es decir, dejaban de tener consideración de convertibilidad y pasaban a ser moneda con todas las de la ley.
Si lo de arriba es cierto, ¿cómo explicamos estas 3 décadas de emisiones donde se sigue realizando esta promesa?, y, lo que es más relevante, ¿por qué los billetes con nominales dimisionarios nunca contienen esta leyenda previamente al año 1939? (Donde podríamos suponer cierta convertibilidad, aunque cierto es que nunca contó con el ánimo del Banco de España manejar estos nominales) Podría ser por que esos nominales bajos no eran canjeables en el extranjero como las monedas ... Billetes de Necesidad, más que un Mundo, no te los pierdas, debes de conocerlos. Alucinaras!!! De algunos solo se emitieron 100 unidades. Busca tu municipio y disfruta. Pasa a verlos y dinos si te gustan!!!! https://www.imperio-numismatico.com/f30-billetes-de-necesidad Te gustarán!!! Visita el Catálogo de Billetes Españoles en Imperio Numismático. |
| | | JRBCN MODERADOR
Cantidad de envíos : 5822 Edad : 41 • Actividad : 6248 Fecha de inscripción : 31/05/2014
| Tema: Re: Leyenda de "Pagará, o no pagará, al portador" en Estado Español Lun 18 Ene 2021, 9:48 pm | |
| Ni idea |
| | | Jacky MIEMBRO HONORÍFICO
Cantidad de envíos : 5782 • Actividad : 5988 Fecha de inscripción : 02/03/2017
| Tema: Re: Leyenda de "Pagará, o no pagará, al portador" en Estado Español Lun 18 Ene 2021, 11:31 pm | |
| Los billetes divisionarios eran conceptualmente moneda de papel, de hecho pone "de curso legal" (entiéndase moneda de curso legal). Bueno, ciertamente los de 1, 2 y 5 pesetas de la Guerra Civil del Bando Nacional sí ponían que "pagará al portador", pero luego no. Las 5 y 10 pesetas de 1936 son también "de curso legal".
La sustitución de moneda metálica por papel se trataba de algo excepcional que ocurrió en la Guerra Civil (previamente hubo dos conatos, con la Guerra de Cuba y en la Primera Guerra Mundial, pero no fructificaron). El primer movimiento formal al respecto fue el de la República con los certificados de plata que ordenaron en 1935 para retirar la moneda metálica, aunque luego se hicieran efectivos en octubre de 1936.
El Banco de España tenía el privilegio de emisión de billetes de 25 a 1000 pesetas. Los billetes inferiores no eran del Banco de España. Al menos eso fue en la República (Ministerio de Hacienda), pero en el Bando Nacional se autorizó legalmente al Banco a ponerlos en circulación de manera temporal en nombre del Ministerio.
La leyenda pagará al portador es ciertamente un anacronismo que proviene del siglo XVIII-XIX. Ya desde 1883 se dejó de convertir (silenciosamente) el billete en metálico (de hecho desde años antes se ponían muchas pegas a la conversión). La ley que mencionas de 1939 es simplemente el colofón legal para algo que ocurría en todo el mundo desde los años 20. No sé el motivo de por qué se mantuvo, porque ciertamente no era necesario, pero así fue durante todo el franquismo. El cambio a la democracia provocó también el cambio de la leyenda. ¿Motivo? Supongo que alguien quiso poner sentido al asunto.
La convertibilidad de los billetes es algo muy interesante y que, como digo, no se ha efectuado en España desde hace casi 150 años. |
| | | Leione OPTIO
Cantidad de envíos : 933 Edad : 36 Localización : Lugo (Galiza) • Actividad : 1022 Fecha de inscripción : 07/09/2010
| Tema: Re: Leyenda de "Pagará, o no pagará, al portador" en Estado Español Miér 20 Ene 2021, 9:47 am | |
| Muchas gracias por las respuestas, me sirven para aclarar algunas impresiones previas, así como para orientarme mejor.
Creo que está claro que, a pesar de la inflación y la cotización de la peseta -nacional- (recordemos que entre 1936 y 1939 la vida se encareció un 50% de golpe), el nominal de 25 pesetas seguía marcando un límite psicológico para todos.
Entiendo, por tanto, que los billetes divisionarios adquirieron su valor legal, si no de manera oficial, sí de facto.Los trabajos de Portabella, GD, Rieusset y la propia FNMT lo demuestran. La única anomalía a esta idea son las emisiones encargadas a Cartevalori. ¿Podría ser porque estas emisiones fueron unas "chapuzas" de principio a fin y se saltaron los controles? Me chocaría que esta fuese la razón, pero es cierto que son las únicas que sí presentan la leyenda "pagará al portador" en estos divisionarios.
Por otro lado, los nominales de 25 pesetas y superiores siguieron manteniendo una leyenda anacrónica, hasta ahí nada que objetar. Lo que me sorprende porque con la ratificación de la ley del 9 de noviembre de 1939 entiendo que lo que pretendían precisamente era legislar claramente sobre el monetario en papel y no dejar nada a la interpretación o a la tradición. Está claro que los hechos diarios demostraron no hubo tal convertibilidad, pero me sorprende desde el BdE no eliminasen esta leyenda si se quería cumplir el espíritu de la ley (los divisionarios ya no la llevaban, incluso los emitidos en los años 50 y aún más adelante).
Con respecto al fin de la convertibilidad en 1883, tengo leído que ésta es una fecha artificial; lo que pasó ese año fue que se terminó la convertibilidad de los billetes en oro, pero no en plata, la cual era utilizada para estas operaciones. Éste es un tema que también me interesa y, la verdad, agradecería pudiéramos discutirlo también y aportar información. |
| | | Jacky MIEMBRO HONORÍFICO
Cantidad de envíos : 5782 • Actividad : 5988 Fecha de inscripción : 02/03/2017
| Tema: Re: Leyenda de "Pagará, o no pagará, al portador" en Estado Español Miér 20 Ene 2021, 10:13 am | |
| - Leione escribió:
- Creo que está claro que, a pesar de la inflación y la cotización de la peseta -nacional- (recordemos que entre 1936 y 1939 la vida se encareció un 50% de golpe), el nominal de 25 pesetas seguía marcando un límite psicológico para todos.
No se trata de un límite psicológico, sino legal. El Banco de España estaba autorizado a fabricar billetes de 100 a 4000 reales, es decir, de 25 a 1000 pesetas. Nada más. El billete más empleado en la Guerra Civil era el de 100 pesetas, seguido del de 50. En cuanto al coste de vida, no es exactamente así. En el territorio del Bando Nacional la vida se encareció un 27%, mientras que en el territorio del Bando Republicano llegó al 1500%. - Leione escribió:
- Entiendo, por tanto, que los billetes divisionarios adquirieron su valor legal, si no de manera oficial, sí de facto. Los trabajos de Portabella, GD, Rieusset y la propia FNMT lo demuestran. La única anomalía a esta idea son las emisiones encargadas a Cartevalori. ¿Podría ser porque estas emisiones fueron unas "chapuzas" de principio a fin y se saltaron los controles? Me chocaría que esta fuese la razón, pero es cierto que son las únicas que sí presentan la leyenda "pagará al portador" en estos divisionarios.
No sigo tu razonamiento. No existe ninguna distinción entre esos billetes divisionarios desde el punto de vista "legal". Se pidieron a varios suministradores por cuestiones de practicidad y porque no había más alternativa que tirar como se pudiera. No entiendo por qué dices que las de Cartevalori fueron una chapuza. No lo fueron. Los billetes bancarios de la emisión de 1937 sufrieron una brecha de seguridad. Su fabricación fue lenta, porque C&C no tenía experiencia con el procedimiento calcográfico. De hecho, hay muchas cartas en el archivo del BdE sobre las discusiones al respecto del procedimiento (C&C quería todo litográfico para sentirse más a gusto), pero se ejecutaron en calco los valores altos. Por otra parte, no me atrevería a llamar chapuza al señor que inventó las máquinas que producen hoy el 96% de los billetes mundiales. Precisamente porque el Banco de España le empujó a hacer estos billetes en calcografía. Lo que sí pasó es que los Coen se empeñaron en darles un baño de gelatina a los billetes que alteraba el color de los mismos y el Banco de España se lo advirtió. En esencia se producía una transferencia de diseño del reverso y anverso (un repinte). Sobre la leyenda en estos billetes, no hay ninguna mención en los contratos con C&C. Se remiten a diseños presentados, dimensiones, papel, etc. - Leione escribió:
- Por otro lado, los nominales de 25 pesetas y superiores siguieron manteniendo una leyenda anacrónica, hasta ahí nada que objetar. Lo que me sorprende porque con la ratificación de la ley del 9 de noviembre de 1939 entiendo que lo que pretendían precisamente era legislar claramente sobre el monetario en papel y no dejar nada a la interpretación o a la tradición. Está claro que los hechos diarios demostraron no hubo tal convertibilidad, pero me sorprende desde el BdE no eliminasen esta leyenda si se quería cumplir el espíritu de la ley (los divisionarios ya no la llevaban, incluso los emitidos en los años 50 y aún más adelante).
Por partes. La convertibilidad no existía como tal desde hacía 50 años. La legislación se hace por otro motivo, no por lo que ponga en el papelito, sino por la venta del oro del BdE a Moscú. Como no había suficiente soporte legal para seguir cumpliendo con la Ley de Ordenación Bancaria de 1921 (modificada en 1931), pues deciden hacer una ley que anule precisamente el precepto de tener un soporte metálico. Esa obligatoriedad existía antes, aun cuando los billetes ya no eran convertibles de facto. - Leione escribió:
- Con respecto al fin de la convertibilidad en 1883, tengo leído que ésta es una fecha artificial; lo que pasó ese año fue que se terminó la convertibilidad de los billetes en oro, pero no en plata, la cual era utilizada para estas operaciones. Éste es un tema que también me interesa y, la verdad, agradecería pudiéramos discutirlo también y aportar información.
Bueno sí, en oro, aunque hay constancia de que siguió haciéndolo a algunos clientes distinguidos. También se sabe que hubo reclamaciones y quejas al Ministerio de Hacienda porque el Banco no convertía los billetes. El tema del bimetalismo es muy largo de contar. No se acuñaba en oro y la plata pasó a ser el patrón de referencia (frente al oro en el exterior). Pero tampoco apetecía soltar la plata. La convertibilidad cesó de manera paulatina y sin registros escritos. |
| | | Leione OPTIO
Cantidad de envíos : 933 Edad : 36 Localización : Lugo (Galiza) • Actividad : 1022 Fecha de inscripción : 07/09/2010
| Tema: Re: Leyenda de "Pagará, o no pagará, al portador" en Estado Español Miér 20 Ene 2021, 3:21 pm | |
| - Jacky escribió:
- No se trata de un límite psicológico, sino legal. El Banco de España estaba autorizado a fabricar billetes de 100 a 4000 reales, es decir, de 25 a 1000 pesetas. Nada más. El billete más empleado en la Guerra Civil era el de 100 pesetas, seguido del de 50.
Mucho mejor expresado de lo que yo lo hice. Gracias. - Jacky escribió:
- En cuanto al coste de vida, no es exactamente así. En el territorio del Bando Nacional la vida se encareció un 27%, mientras que en el territorio del Bando Republicano llegó al 1500%.
Estaba hablando en todo momento del bando rebelde. En este caso, para dar ese porcentaje del 50% empleé datos del índice del poder adquisitivo del año 1936 y 1939, los cuales me proporcionaba dicha cifra. En cualquier caso, un 27% tampoco es despreciable; precisamente el uso de frecuente de billetes de 50 y 100 justificaría este encarecimiento de la vida. (En el pasado, eran estos los más utilizados?) - Jacky escribió:
- No sigo tu razonamiento. No existe ninguna distinción entre esos billetes divisionarios desde el punto de vista "legal". Se pidieron a varios suministradores por cuestiones de practicidad y porque no había más alternativa que tirar como se pudiera.
Mi razonamiento es que entre 1936 y 1954 todos los billetes de valor inferior a 25 pesetas, exceptuando la emisión de Coen e Cartevalori de 1937/1938, no mostraban la leyenda "Pagará al portador". Siendo así, ¿qué pasó con este fabricante para que esta mención constase y, como indicas, no fue rechazada por el BdE? Todas las otras emisiones se explican por lo que me cuentas, pero esta no. - Jacky escribió:
- No entiendo por qué dices que las de Cartevalori fueron una chapuza. No lo fueron. Los billetes bancarios de la emisión de 1937 sufrieron una brecha de seguridad. Su fabricación fue lenta, porque C&C no tenía experiencia con el procedimiento calcográfico. De hecho, hay muchas cartas en el archivo del BdE sobre las discusiones al respecto del procedimiento (C&C quería todo litográfico para sentirse más a gusto), pero se ejecutaron en calco los valores altos. Por otra parte, no me atrevería a llamar chapuza al señor que inventó las máquinas que producen hoy el 96% de los billetes mundiales. Precisamente porque el Banco de España le empujó a hacer estos billetes en calcografía. Lo que sí pasó es que los Coen se empeñaron en darles un baño de gelatina a los billetes que alteraba el color de los mismos y el Banco de España se lo advirtió. En esencia se producía una transferencia de diseño del reverso y anverso (un repinte). Sobre la leyenda en estos billetes, no hay ninguna mención en los contratos con C&C. Se remiten a diseños presentados, dimensiones, papel, etc.
Precisamente por lo que resumes en este espectacular párrafo (4 veces lo he leído, ¡bravo!). En primer lugar, porque la "brecha de seguridad" fue clamorosa, toda la emisión del 18 de abril de 1937 tuvo que destruirse al aparecer ejemplares antes de que el propio banco los emitiese. En segundo lugar, por los retrasos debidos a la inexperiencia de la casa. No niego que les resultó un encargo lleno de retos y al final mejoraron increíblemente sus capacidades; pero yo, como cliente, no estaría en absoluto satisfecho de otorgarles una licitación y ver que no llegan a los requisitos de calidad pedidos. Si se entiende como que estoy calificando de chapuza al resultado final, debo decir que en absoluto lo pretendo. Solamente considero como tal el proceso desde el punto de vista como cliente. En descargo indicar que la casa alemana GD repitió contrato, por lo que no sé si fue una experiencia tan satisfactoria. Repito, solamente estaba calificando estos hechos, no los ejemplares finalmente circulados ni las innovaciones desarrolladas para solucionar las exigencias del cliente (las cuales calificaría como asombrosas visto lo que me cuentas). - Jacky escribió:
- Por partes. La convertibilidad no existía como tal desde hacía 50 años. La legislación se hace por otro motivo, no por lo que ponga en el papelito, sino por la venta del oro del BdE a Moscú. Como no había suficiente soporte legal para seguir cumpliendo con la Ley de Ordenación Bancaria de 1921 (modificada en 1931), pues deciden hacer una ley que anule precisamente el precepto de tener un soporte metálico. Esa obligatoriedad existía antes, aun cuando los billetes ya no eran convertibles de facto.
Este párrafo me resulta muy interesante. No lo había visto desde esa perspectiva y, ciertamente, la carestía de reservas de oro fue un duro varapalo al que hubo que responder. - Jacky escribió:
- Bueno sí, en oro, aunque hay constancia de que siguió haciéndolo a algunos clientes distinguidos. También se sabe que hubo reclamaciones y quejas al Ministerio de Hacienda porque el Banco no convertía los billetes. El tema del bimetalismo es muy largo de contar. No se acuñaba en oro y la plata pasó a ser el patrón de referencia (frente al oro en el exterior). Pero tampoco apetecía soltar la plata. La convertibilidad cesó de manera paulatina y sin registros escritos.
Otro párrafo para enmarcar. Gracias, porque me confirma la idea inicial que tenía sobre este tema y los trabajos de investigación he leído, lo que me da tranquilidad por cómo los he interpretado. Por otro lado, indicar que, hasta donde entendido, España nunca estuvo realmente en el patrón oro, lo que no significa no se viese afectada por las vicisitudes de dicho metal. ¿Crees conveniente abrir un tema sobre esta cuestión o ya ha sido tratado alguna vez? |
| | | | Leyenda de "Pagará, o no pagará, al portador" en Estado Español | |
|
Temas similares | |
|
| Permisos de este foro: | No puedes responder a temas en este foro.
| |
| |
| |