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 ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel

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MOSKI
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MensajeTema: ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel   ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel Icon_minitimeMiér 13 Ene 2021, 8:05 pm

Los coleccionistas de monedas tienen algo muy claro sobre esta práctica, que el castigo por engañar o falsificar es alto y pueden ir a parar a la cárcel.

Según la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, entre ellas, las piezas monetarias de colección son moneda circulante de curso legal, cuya falsificación constituye un delito.


https://heraldodemexico.com.mx/economia/2021/1/12/cuidado-por-falsificar-alterar-una-moneda-puedes-pasar-12-anos-en-la-carcel-243927.html


UN SALUDO
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Blas de Lezo
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MensajeTema: Re: ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel   ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel Icon_minitimeMiér 13 Ene 2021, 8:16 pm

Aquí no se aplica la misma ley...si no otro gallo cantaria.


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MensajeTema: Re: ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel   ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel Icon_minitimeMiér 13 Ene 2021, 8:58 pm

Blas, en España pasa igual, de 8 a 12 años, artículo 386 del código penal.

Estas falsificaciones penadas se refieren a moneda circulante. La moneda de colección (no la de colección actual que también es circulante, tipo dos euros conmemorativos de Mónaco...) no está protegida igualmente.

A quién roban si falsifican moneda circulante es al Estado, y claro, por eso está tan protegido.

Si falsifican un 8 reales, a quien roban es al coleccionista, y eso ya no es tan importante.
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MensajeTema: Re: ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel   ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel Icon_minitimeMiér 13 Ene 2021, 9:01 pm

CAPÍTULO I


De la falsificación de moneda y efectos timbrados




[Bloque 583: #a386]

jurisprudencia
Artículo 386.
1. Será castigado con la pena de prisión de ocho a doce años y multa del tanto al décuplo del valor aparente de la moneda:
1.º El que altere la moneda o fabrique moneda falsa.
2.º El que exporte moneda falsa o alterada o la importe a España o a cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.
3.º El que transporte, expenda o distribuya moneda falsa o alterada con conocimiento de su falsedad.
2. Si la moneda falsa fuera puesta en circulación se impondrá la pena en su mitad superior.
La tenencia, recepción u obtención de moneda falsa para su expedición o distribución o puesta en circulación será castigada con la pena inferior en uno o dos grados, atendiendo al valor de aquélla y al grado de connivencia con el falsificador, alterador, introductor o exportador.
3. El que habiendo recibido de buena fe moneda falsa la expenda o distribuya después de constarle su falsedad será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a veinticuatro meses. No obstante, si el valor aparente de la moneda no excediera de 400 euros, se impondrá la pena de multa de uno a tres meses.
4. Si el culpable perteneciere a una sociedad, organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que se dedicare a la realización de estas actividades, el juez o tribunal podrá imponer alguna o algunas de las consecuencias previstas en el artículo 129 de este Código.
5. Cuando, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis, una persona jurídica sea responsable de los anteriores delitos, se le impondrá la pena de multa del triple al décuplo del valor aparente de la moneda. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.
Citación :
Se modifican los apartados 1 y 5 por el art. único.12 de la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero. Ref. BOE-A-2019-2363
Se modifica por el art. único.200 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3439.
Se modifica por el art. único.136 de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-21538
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MensajeTema: Re: ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel   ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel Icon_minitimeMiér 13 Ene 2021, 9:02 pm

y en nuestro caso, muy a tener en cuenta el artículo siguiente:

Artículo 387.
A los efectos del artículo anterior, se entiende por moneda la metálica y el papel moneda de curso legal y aquella que no ha sido todavía emitida o puesta en circulación oficialmente pero que está destinada a su circulación como moneda de curso legal. Se equipararán a la moneda nacional las de otros países de la Unión Europea y las extranjeras.
Se tendrá igualmente por moneda falsa aquella que, pese a ser realizada en las instalaciones y con los materiales legales, se realiza incumpliendo, a sabiendas, las condiciones de emisión que hubiere puesto la autoridad competente o cuando se emita no existiendo orden de emisión alguna.
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MensajeTema: Re: ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel   ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel Icon_minitimeMiér 13 Ene 2021, 9:18 pm

Vaya......mi proyecto de moneda trimetálica de 7 euros al carajo..... Risa Risa Risa
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MensajeTema: Re: ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel   ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel Icon_minitimeMiér 13 Ene 2021, 11:47 pm

Lanzarote escribió:
Blas, en España pasa igual, de 8 a 12 años, artículo 386 del código penal.

Estas falsificaciones penadas se refieren a moneda circulante. La moneda de colección (no la de colección actual que también es circulante, tipo dos euros conmemorativos de Mónaco...) no está protegida igualmente.

A quién roban si falsifican moneda circulante es al Estado, y claro, por eso está tan protegido.

Si falsifican un 8 reales, a quien roban es al coleccionista, y eso ya no es tan importante.
Perdóname amigo, no me expliqué bien... Aquí las leyes están, me refería a la hora y forma de aplicarse.


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MensajeTema: Re: ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel   ¡Cuidado! Por falsificar o alterar una moneda puedes pasar 12 años en la cárcel Icon_minitimeJue 14 Ene 2021, 7:19 am

Blas de Lezo escribió:
Lanzarote escribió:
Blas, en España pasa igual, de 8 a 12 años, artículo 386 del código penal.

Estas falsificaciones penadas se refieren a moneda circulante. La moneda de colección (no la de colección actual que también es circulante, tipo dos euros conmemorativos de Mónaco...) no está protegida igualmente.

A quién roban si falsifican moneda circulante es al Estado, y claro, por eso está tan protegido.

Si falsifican un 8 reales, a quien roban es al coleccionista, y eso ya no es tan importante.
Perdóname amigo, no me expliqué bien... Aquí las leyes están, me refería a la hora y forma de aplicarse.

ésta sí que se aplica y se persigue de forma seria en todos los países de la UE. más perseguido q el tráfico de drogas.

nada tiene que ver con las falsificaciones de moneda histórica y de colección (que hoy día no tiene valor circulante) y que puede ser considerado, en determinadas circunstancias (dolo etc) como delito por ser estafa, pero eso es otra cosa.
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