Yo creo que sí. Si no ha cambiado, sería aplicable la siguiente norma:
RD 1496/2003, Artículo 12. Duplicados de las facturas o documentos sustitutivos.
2. La expedición de ejemplares duplicados de los originales de las facturas o documentos sustitutivos únicamente será admisible en los siguientes casos:
1. Cuando en una misma entrega de bienes o prestación de servicios concurriesen varios destinatarios. En este caso, deberá consignarse en el original y en cada uno de los duplicados la porción de base imponible y de cuota repercutida a cada uno de ellos.
3. Los ejemplares duplicados a que se refiere el apartado anterior tendrán la misma eficacia que los correspondientes documentos originales.
4. En cada uno de los ejemplares duplicados deberá hacerse constar la expresión duplicado
Como puedes ver sería posible tal y como se indica en el apartado 2 1 de ese artículo, otra cosa es que la casa de subasta te lo quiera hacer, porque ya es difícil a veces conseguir una factura en condiciones con un solo destinatario, no sé las pegas que te pondrán si pides que pongan dos,