1 peso 1889 Paraguay ,
A parte de ser la primera moneda de plata del Paraguay,
tambien tiene el privilegio de tener 2 Escudos ,
25 gr./37.50 mm./0.900 plata/tirada,603.880
Grabador: JUAN GOTUZZO Y FERRAROSA
Ceca :LA CASA DE LA MONEDA BUENOS AIRES - ARGENTINA,
Canto :"Igualdad * Ante * la * Ley ****"
a continuacción leedlo solo si os apetece !!uffff....
muy larga la historia ,solo pequeña parte
LA MONEDA PARAGUAYA DE LOS DOS ESCUDOS
LA PRIMERA MONEDA DE PLATA PARAGUAYA
Entre las pocas monedas que mandara acuñar la República del Paraguay, existe una, fechada en 1889, de plata, que lleva los dos escudos que tiene el país; en el anverso, el escudo de la República, que es la estrella con palma y olivo, y en el reverso, el de Hacienda, el león, gorro frigio, y la leyenda "Paz y Justicia". Por ley del 8 de setiembre de 1880, se acepta la propuesta presentada por don Ricardo Antonio Méndez Gonçalvez para la acuñación de monedas de oro y plata, por la cantidad de 2.000.000 de pesos; que se distribuía en la siguiente forma: un millón de pesos en monedas de oro y un millón en monedas de plata.
Lo interesante es el artículo 4to. de esta ley que, a más de dar el diámetro, peso, título, metal, valor y tolerancia, nomina a las monedas. Las de oro, de mayor valor, que debían ser de diez pesos se llamarían "DOBLE PARAGUAYO"; la de cinco pesos, "UN PARAGUAYO"; la de dos pesos cincuenta centavos, “MEDIO PARAGUAYO", y las de plata: la de un peso “UN NACIONAL"; la de cincuenta centavos, "MEDIO NACIONAL"; en tanto que a las de Veinte y Diez centavos no se les dan nombres. El artículo 3o. expresa lo siguiente: "Las monedas que se propone acuñar se sujetan al título de 900 milésimos de finos las de oro y plata y todas las demás condiciones establecidas por la Convención Internacional Latina". En otro artículo se ordena que las monedas lleven los dos escudos de la República.
Por asuntos que ignoramos, esta ley quedó sin efecto y sólo se hicieron los ensayos en varios metales, con fecha de 1888, ensayos éstos que son idénticos a las acuñadas un año después, con una única diferencia en la fecha: 1889.
Estos ensayos que se conservan en colecciones paraguayas y extranjeras, fueron hechos en aluminio, cobre y plata.
El periódico "La Democracia", del 9 de agosto de 1889, en una pequeña información, anunciaba: "Acuñación de Monedas. Del Senado se ha recibido hoy en la Cámara de Diputados el proyecto autorizando a los Bancos Nacional y de Comercio para acuñar monedas en el país". Esta información fue erróneamente dada o mal interpretada, ya que en aquella época no se podía acuñar "en el país", sí bien existía en Asunción la prensa con la cual se acuñó, en 1859 la primera moneda nacional, con los cuños hechos en Birmingham en 1845, pues creemos que no había expertos, ni tampoco el metal necesario para la acuñación. Por consiguiente, era necesario encargar la ejecución del trabajo en el exterior. Otra ley, del 13 de setiembre de 1889, autorizó a los Bancos Nacional del Paraguay, de Comercio y del Paraguay y Río de la Plata, para hacer acuñar tres millones de PESOS FUERTES PLATA en el exterior, con el escudo nacional, compuesto de una palma y una oliva entrelazadas en el vértice, resaltando en el medio de ellas una estrella con la inscripción "República del Paraguay", y el año de la acuñación. En el reverso, un círculo con la inscripción "Paz y Justicia" y en el centro un león con el símbolo de la libertad y la denominación, valor y ley de la moneda". Los valores eran de: 1 peso; 0.50; 0.20; 0.10 y 0.05 centavos.
El artículo 4o. expresa: "El cuño, peso, dimensiones, liga y tolerancia de cada pieza monetaria se conformará a la ley monetaria argentina". Los cuños de todos los valores fueron grabados por GOTUZZO y FERRAROSA, pero sólo se acuñó la de UN PESO en la Casa de la Moneda de Buenos Aires. Los representantes por el Paraguay, para firmar el contrato de acuñación, fueron los señores Tomás Duggan y Pedro Saguier.
Al cabo de seis meses de promulgada la mencionada ley de acuñación se recibieron en Asunción doscientos cuarenta cajones, conteniendo cada uno, dos mil quinientos pesos fuertes en monedas de un peso plata (tamaño dólar). Con este motivo se ordenó la verificación y análisis correspondiente, y quienes intervinieron en la operación fueron los señores Adolfo Lidner y Don Juan Daniel Anisits, quienes después de la debida constatación dieron su conformidad por haber encontrado conforme a lo dispuesto por la ley.
Atento a lo señalado, el Gobierno decretó, el 29 de marzo de 1890:
"Art. 1°.- Declárase de curso legal en la República, las acuñaciones hechas por el Banco del Paraguay y Río de la Plata, con arreglo a la ley del 13 de setiembre de 1889". En otro artículo, se declaraba como cantidad introducida la suma de seiscientos mil pesos fuertes. Fue la primera moneda paraguaya que tuvo el canto parlante "IGUALDAD ANTE LA LEY".