Con esto de la crisis, se ha hecho común recordar que España ha quebrado en diversas ocasiones. He leído algunos artículos de prensa que hablan de 12 ó 13 bancarrotas. El ABC:
http://www.abc.es/20120810/economia/abci-espana-quebrado-veces-201208091736.htm Invertia:
http://www.invertia.com/noticias/articulo-final.asp?idNoticia=2341102&strGoo=quiebras-siglo-historia-bancarrotas-reino-espana&En realidad son bastantes más. Yo he contado nada menos que
46, a las que podríamos sumar algun que otra quiebra encubierta y restructuraciones no forzosas de la deuda, y alguna otra quiebra pura y dura que seguramente se me haya pasado por alto. Son las siguientes:
- 1557-60: conversión forzosa de la deuda flotante (asientos) en deuda consolidada (juros).
- 1563: intento de reducir los intereses de los juros al 7'1%
- 1575-7: suspensión de pagos y renegociación de la deuda.
- 1596-7: suspensión de pagos y renegociación de la deuda.
- 1607: suspensión de pagos y renegociación de la deuda.
- 1608: reducción forzosa de los intereses de los juros al 5'55%.
- 1621: reducción forzosa de los intereses de los juros al 5%.
- 1625: retención temporal del 30% de los intereses de los juros (valimiento).
- 1627: suspensión de pagos y reestructuración de la deuda.
- 1629-30: nuevo valimiento, esta vez del 50%.
- 1635: el valimiento se hace permantente, a un tipo del 30%, compensándolo con nuevos juros.
- 1637: el valimiento se incrementa al 50%.
- 1647-8: Felipe IV renegocia todas las deudas contraídas desde 1627 y repudia la perteneciente a 15 asentistas portugueses.
- 1652-4: suspensión de pagos y renegociación de la deuda contraída desde 1647.
- 1660: nuevas retenciones del 5% sobre los intereses de los juros previos a 1635 y el 15% de los emitidos desde entonces, a sumar al valimiento, lo que supone una quita de entre el 55 y el 70%.
- 1662: suspensión de pagos y renegociación de la deuda contraída desde 1647.
- 1663: nueva renegociación de la deuda contraída desde 1647.
- 1666: suspensión de pagos y renegociación de los juros.
- 1702: incremento del valimiento (prorrateo de tropas).
- 1708: incremento del valimiento en un 2'5% (sueldos de ministros).
- 1709: incremento del valimiento a la mitad los intereses líquidos, lo que supone, sumado a los anteriores, la confiscación total del 86% de los intereses.
- 1717: renegociación de los juros emitidos desde 1700, con quitas de entre el 40 y el 60% del principal.
- 1727: fin del valimiento a cambio de la reducción forzosa de los intereses de los juros del 5 al 3%, empleándose el importe obtenido en redimir juros.
- 1739: suspensión de pagos y cancelación de todas las pensiones estatales durante dos años.
- 1748: moratoria de la deudas a corto plazo contraídas desde 1746.
- 1799: suspensión de pagos los intereses de la deuda.
- 1809: la Regencia repudia las deudas contraídas por el gobierno de José Bonaparte.
- 1814: Fernando VII repudia las deudas contraídas con Holanda.
- 1820: reconocimiento de la deuda con Holanda; conversión forzosa de toda la deuda amortizable en títulos perpetuos al 5%.
- 1824: Fernando VII repudia la deuda acumulada durante el Trienio Constitucional.
- 1831: suspensión de pagos
- 1834: reconocimiento de la deuda del Trieno; una tercera parte de la deuda pasa a no cobrar intereses.
- 1836-45: suspensión de los pagos de los intereses de la deuda externa.
- 1841: capitalización de los intereses vencidos de la Deuda consolidada mediante nueva Deuda consolidada al 3%.
- 1844: capitalización de la deuda flotante, alargando el vencimiento y reduciendo intereses a cambio de nuevos títulos.
- 1851: Refundación de todos los títulos de deuda con quitas de capital y reducción de intereses a cambio de reconocer todos los atrasos.
- 1867: reestructuración de la deuda diferida, amortizables y los cupones rebajados en Deuda consolidada al 3%.
- 1872: nueva reestructuración de deuda amortizable en consolidada.
- 1874-6: suspensión total de pagos de intereses.
- 1876: reanudación de los pagos a cambio del repudio de dos tercios de los intereses de la deuda durante cinco años para el 90% de la deuda viva y la compensación de los intereses no devengados con nueva deuda.
- 1881-2: nueva reestructuración de deuda amortizable en consolidada, disminución del valor nominal y compensaación con la refundición de las deudas en amortizable al 4% a 40 años y perpetua al 4%.
- 1898: nueva reestructuración de la deuda amortizable en perpetua y establecimiento de un impuesto del 20% sobre los intereses de la deuda interna.
- 1935: reestructuración de deuda amortizable en perpetua, con alargamiento de plazos y reducción de intereses.
- 1936: Franco se niega a reconocer la deuda acumulada por el Frente Popular durante la Guerra Civil.
- 1936-8: Moratoria en el pago de la deuda pública a causa de la Guerra.
- 1939: reducción del interés de la deuda amortizable y suspensión de las amortizaciones de la deuda hasta 1946.