no qiero saber la ley del vellon o el contenido en plata (porcentaje de plata que tienne cada moneda) por ejemplo :
La moneda de vellón a nombre de Fernando e Isabel se acuñó
siguiendo la siguiente norma.
El peso de cada maravedí eran 48 granos de marco y se sacaban 96
piezas o maravedís de cada marco de cobre ligado. La ley que tenían estas
monedas en cada marco era de 7 granos de plata fina, que correspondía a su
valor intrínseco.
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4608: 96 = 48 granos de peso = (233: 4608 =) 0.0505 gramos un
grano
233: 96= 2 21/50 gramos un maravedí
7 granos x 0.0505 = 0.3535 gramos: 96 piezas = 0,00368 gramos de
plata por maravedí que queda muy lejos de la realidad esperada como puede
observarse en el cuadro final.
El valor de cada maravedí de vellón era el de un maravedí de plata y
34 de los mismos equivalían a un real de plata, es decir, que tenían que
contener 3,40 gramos de plata, cuando una simple operación demuestra que
solamente contenían (34 x 0.00368 = 0,125 gramos)
El valor de las blancas era de medio maravedí. Así un real de plata
equivalía a 68 blancas.
‘Sin embargo en vista de los daños que se avian experimentado con
las monedas de vellón, que se avian labrado en tiempo de Don Enrique
Segundo, y Don Juan el Primero, quedaron estos Príncipes rezelosos de su
justo valor; por cuya razón, mandaron se labrasen solos diez quentos de
maravedís, repartidos en todas las Casas de Moneda del Reyno, como
consta en la referida ley’ (GARCÍA CAVALLERO: 1731,145).
En las Cortes de Valladolid del año 1548, mandó Carlos I labrar
monedas de vellón de la misma estampa, peso y valor, que las acuñadas por
los RR CC, pero les minoró 1 grano y ½ de ley, o de plata fina por marco.
Así en vez de 7 granos de plata fina por marco, el vellón se acuñó con 5 y ½
granos. Como el valor del marco era inferior que el de los reyes anteriores,
sus vasallos desconfiaron del valor de esta nueva moneda y llegó a no
utilizarse en los tratos comerciales (GARCÍA CAVALLERO: 1731, 149)
Felipe II en las Cortes de Madrid del año 1566, ordena acuñar
moneda de vellón rico, a la cual llamaron de Nueva Estampa, conocida
también por el nombre de Tarjas. La ley intrínseca, o de plata fina, que
contenía cada marco eran 62 granos. Se tallaban 80 piezas por marco de
cobre ligado y el valor obtenido era el de un cuartillo de plata, de manera
que cuatro de ellas eran igual a un real y cada marco amonedado
representaba 20 reales de plata.
Las blancas tenían de valor intrínseco 4 granos de plata fina y se
sacaban 220 monedas por marco de cobre ligado. Dos blancas valían 1
maravedí de plata, y el marco amonedado 110 maravedís de plata.
A este respecto leemos que los mecanismos básicos para alterar la
moneda y para obtener ingresos extras (p.e. aumento indirecto de la
fiscalidad) se habilitaron tres fórmulas:
a) Reducir el peso de las monedas
b) Disminuir el peso del metal precioso
c) Aumentar el valor nominal
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Las tres estrategias permitieron unos beneficios extraordinarios (DE
SANTIAGO: 2006,42-43), pero, creemos que, a costa de un empobrecimiento
de la masa de plata de la moneda de vellón en circulación.
En el reinado de Carlos I. si seguimos a ROYO MARTÍNEZ (2004:96
y ss) en el galimatías de las amonedaciones, con las Cortes de Madrid de
1555, los problemas con la Junta Monetaria de Valladolid del 1555-56, etc.
que modifican las normas de acuñación, a los que hay que añadir las
pérdidas que plantea la circulación de moneda extranjera (ROYO MARTÍNEZ:
2004,103 y ss.), observamos que el valor en plata del maravedí se deprecia
lentamente tal como queda reflejado en el cuadro realizado al final, situación
que aún empeorará más con las acuñaciones de cobre del Ingenio de
Segovia, reinando ya Felipe II.
alguna pagina o lugar donde ablen de la ley de las monedas de vellon de la edad media en vez de las de la edad moderna como este texto