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 Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio

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MensajeTema: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeVie 10 Nov 2017, 7:26 pm

Hola a todos,

Abro este hilo porque seguro será de interés para el foro. Todos nosotros tenemos una colección cuyas monedas -antiguas y contemporáneas- proceden de compras efectuadas en casas de subastas, además de en las típicas plataformas virtuales, mercadillos y convenciones. Mi pregunta es la siguiente. ¿Es posible, en pro de una mayor normalización legal en España, declarar la colección? Conozcos algunos coleccionistas que de hecho así la tienen, aunque dicho acto se realizó tras la ley de Patrimonio Histórico Español de 1985, que salvaguardaba ese efecto pero no todo el mundo lo hizo.

Investigando por Internet, topé con una interesante guía fiscal y en unos de sus apartados decía lo siguiente:

¿Debo declarar mis monedas antiguas?

• Los  objetos  artísticos  están  exentos  hasta  ciertos  límites: las  obras  pictóricas  y  escultóricas  de  menos  de  cien  años,  hasta 90.151,82 €;  las  obras  pictóricas  de  más  de  cien  años,  hasta 60.101,21 €; las  obras escultóricas y relieves de más de cien años, hasta 42.070,85 €; las  colecciones  de  dibujos,  grabados,  libros, documentos o instrumentos musicales, hasta 42.070,85 €; las colecciones de objetos artísticos y culturales o antigüedades,hasta 60.101,21 €.

• Las antigüedades (objetos de más de cien años, no alterados en  los últimos  cien  años)  también  están  exentas hasta ciertos límites: el mobiliario,  hasta  42.070,85 €; los tapices, alfombras y tejidos históricos, hasta 30.050,61 €; los  grabados, dibujos, libros y manuscritos, hasta 18.030,36 €; los  instrumentos musicales  históricos, hasta 9.015,18 €; la cerámica,  la  porcelana y el cristal, hasta 9.015,18 €, los objetos  arqueológicos, hasta 6.010,12 €; los objetos etnográficos, hasta 2.404,05 €.

• Están exentas las obras de arte y antigüedades en poder de su autor, y las cedidas a museos o instituciones culturales sin ánimo de lucro, para ser expuestas al público por al menos, tres años, así como los bienes del Patrimonio Histórico Español y los calificados como Bienes de Interés Cultura.

Algunos enlaces de interés pueden ser también Patrimonio Numismático: legislación y realidad o mismamente Fiscalidad y numismática.
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeVie 10 Nov 2017, 7:58 pm

Entonces tranquilo, 60.000 € en monedas no tengo, me falta aún un poco. Risa


Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Palabr15

Con todo mi respeto:

https://rae.es/recursos/diccionarios/drae
https://www.como-se-escribe.com/

Por la sensibilización de escribir decentemente.
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeVie 10 Nov 2017, 8:12 pm

Citación :
Están exentas las obras de arte y antigüedades en poder de su autor

Uf!, menos mal. Si puedo demostrar que el secreter siglo XVIII que tengo en el despacho lo he hecho yo no tengo que pagar nada  Razz tongue Very Happy

Exacto
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeVie 10 Nov 2017, 8:55 pm

La pregunta es. Si no hay obligación de declararlo.. ¿es mejor declararlo o no? ¿Qué ventajas e inconvenientes habría de hacerlo y de no hacerlo? ¿Alguien entendido sabe del tema?
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeVie 10 Nov 2017, 9:44 pm

Por lo que he leido en el enlace, no es una cuestión de ventajas o inconvenientes, sino una obligación legal. Si estimas que tienes una colección cuyo valor supera los 60 000 euros hay que declararla. Con Hacienda y la sección de Patrimonio de la Guardia Civil poca broma.

Si tienes menos de esa cantidad, mi consejo se resume en el viejo dicho de ojos que no ven, corazón que no siente. No siente tentaciones de confiscartelo, de clavarte nuevos impuestos, de obligarte a enseñarlo en público a no se sabe quién ni durante no se sabe cuánto tiempo, de no disponer de él excepto cuando te autoricen, y no digamos ya de robártelo. Pensároslo un ratito antes de meteros en camisa de once varas, que siempre habrá tiempo.


Hay más monedas que comprar que dinero tendrás para gastar
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeSáb 11 Nov 2017, 12:09 am

Pero el caso no sería el de objetos aqueológicos? hasta 6.010
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeSáb 11 Nov 2017, 11:16 am

Esto es a efectos fiscales por el tema del Impuesto de Patrimonio, no tiene nada que ver con la legalidad de las piezas, el origen o lo que sea, así que olvidaos de la Guardia Civil.
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeSáb 11 Nov 2017, 12:26 pm

muy interesante tema.


«Fiat justitia et pereat mundus»
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeSáb 11 Nov 2017, 12:44 pm

Que les den por c..., ya pago bastantes impuestos, mejor se preocuparan de que las grandes empresas y ricos de este país tenga casi todo su dinero fuera y libre de impuestos o pagando un porcentaje ridículo.


¡¡Que venga el fin del mundo ya!! Boom
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeSáb 11 Nov 2017, 1:17 pm

Voy a intentar aclarar un poco los conceptos, contando lo que he visto.

El Impuesto de Patrimonio es algo farragoso porque sus términos son (intencionadamente creo yo) ambiguos y se ha ido actualizando continuamente en sus articulado según se necesitaba recaudar más para intentar atajar el déficit del estado.

Se rige por la Ley 19/1991 de 6 de junio y las posteriores modificaciones. Básicamente tienes que tener en tu patrimonio un mínimo de 700000 euros para empezar a tributar por él, donde cuentan dinero en efectivo, acciones, inmuebles, vehículos, joyas y objetos de arte como por ejemplo nuestras queridas colecciones.

Luego hay exenciones al tributo. Por ejemplo la vivienda habitual está exenta de contar en esos 700000 euros hasta cierto valor (300000 euros), por lo que a los que tenemos solo el piso y un garaje no nos suele afectar a menos que tengamos una buena vivienda en una gran ciudad, pero si se nos complica en cuanto heredamos el piso de los padres o los abuelos.

En cuanto a las colecciones de arte y antigüedades (articulo 19 de la ley), curiosamente se fija que las antigüedades se empiezan a contar si tienen más de 100 años. Es decir, que solo cuenta quien tenga monedas de Alfonso XIII para atrás. El resto es arte y solo cuenta su valor monetario per se.

En resumen, salvo a los que tengan una colección valorada en medio millón de euros para arriba (suelen intentar vender algunas piezas en wallapop...) y un pisito, para el resto no nos debe preocupar mucho hasta que heredemos el piso del abuelo en el centro de Madrid. Y en esos momentos Hacienda se va a encargar de recordarle que debe empezar a tributar.

Que tengáis un buen fin de semana.


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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeSáb 11 Nov 2017, 1:49 pm

- Si...si..si.  El tema es superinteresante para los coleccionistas de monedas antiguas. Hay montón de personas que podrían poner puntos sobre íes, pero que no participarán aquí. Me refiero a todos aquellos profesionales, que como tales, conocen el tema de sobra. ¿Qué opinas de este comentario?

- Creo que el tema, el general, el planteado por nuestro administrador, es más que peliagudo, pues no podemos remitirnos a la Ley Nacional del 85 así de buenas a primeras, ya que cada Comunidad Autonómica tiene concedidas las normas  legislativas en esta materia.

- Yo ando ya con "medio alzheimer" pero si mi memoria no me falla (que lo hace muchas veces) en Andalucía dieron un plazo, repito, dieron un plazo para declarar colecciones relacionadas con este tema. Muuu... poquitas lo hicieron y el plazo se pasó. Creo que si lo haces ahora, te pueden dilatar el ojo trasero.

- Amigo y jefe, me gustaría llegar al final del asunto y conocer toda la "movida" en torno al tema, y tú formas parte ya de esa "profesionalidad", incluso, por tu doble condición de Licenciado en Historia y "masterchef" de unos 10.000 que te apoyaríamos,  podrías dirigirte por escrito y legalmente al "Estado Español" sobre el tema... tienen obligación de contestarte.

- Valva lo que valga mi colección numismática, yo quiero saber qué derechos y qué deberes tengo con ella en Extremadura. ¿La puedo vender sin problemas? ¿Me la pueden quitar  como ya me quitaron mis 168 mejores denarios republicanos...?

- Sí, interesante tema del que no soy el único en desconocer.

- - - SALUDO.
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeSáb 11 Nov 2017, 2:30 pm

RC-menos escribió:
Admin escribió:
Están exentas las obras de arte y antigüedades en poder de su autor

Uf!, menos mal. Si puedo demostrar que el secreter siglo XVIII que tengo en el despacho lo he hecho yo no tengo que pagar nada  Razz tongue Very Happy

Exacto

Tranquilo RC, en cuanto te vean no tendrán dudas en que lo has hecho tú Laughing .


Un saludo
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeSáb 11 Nov 2017, 5:25 pm

Dimicante escribió:
Voy a intentar aclarar un poco los conceptos, contando lo que he visto.

El Impuesto de Patrimonio es algo farragoso porque sus términos son (intencionadamente creo yo) ambiguos y se ha ido actualizando continuamente en sus articulado según se necesitaba recaudar más para intentar atajar el déficit del estado.

Se rige por la Ley 19/1991 de 6 de junio y las posteriores modificaciones. Básicamente tienes que tener en tu patrimonio un mínimo de 700000 euros para empezar a tributar por él, donde cuentan dinero en efectivo, acciones, inmuebles, vehículos, joyas y objetos de arte como por ejemplo nuestras queridas colecciones.

Luego hay exenciones al tributo. Por ejemplo la vivienda habitual está exenta de contar en esos 700000 euros hasta cierto valor (300000 euros), por lo que a los que tenemos solo el piso y un garaje no nos suele afectar a menos que tengamos una buena vivienda en una gran ciudad, pero si se nos complica en cuanto heredamos el piso de los padres o los abuelos.

En cuanto a las colecciones de arte y antigüedades (articulo 19 de la ley), curiosamente se fija que las antigüedades se empiezan a contar si tienen más de 100 años. Es decir, que solo cuenta quien tenga monedas de Alfonso XIII para atrás. El resto es arte y solo cuenta su valor monetario per se.

En resumen, salvo a los que tengan una colección valorada en medio millón de euros para arriba (suelen intentar vender algunas piezas en wallapop...) y un pisito, para el resto no nos debe preocupar mucho hasta que heredemos el piso del abuelo en el centro de Madrid. Y en esos momentos Hacienda se va a encargar de recordarle que debe empezar a tributar.

Que tengáis un buen fin de semana.


Bueno hay que matizar, el mínimo exento cambia según comunidades autónomas:

El importe del mínimo exento aplicable en 2016 por los contribuyentes del Impuesto sobre el Patrimonio por obligación personal es, con carácter general, de 700.000 euros, salvo en las siguientes Comunidades Autónomas:

Aragón: el importe del mínimo exento se fija en 400.000 euros.

Cataluña: el importe del mínimo exento se fija en 500.000 euros.

Extremadura:con carácter general, el importe del mínimo exento se fija en 500.000 euros. No obstante, para los contribuyentes con discapacidad física, psíquica o sensorial, se establecen los siguientes importes de mínimo exento, en función de su grado de discapacidad:
600.000 euros, si el grado de discapacidad fuera igual o superior al 33 e inferior al 50 por 100.
700.000 euros, si el grado de discapacidad fuera igual o superior al 50 e inferior al 65 por 100.
800.000 de euros, si el grado de discapacidad fuera igual o superior al 65 por 100.

Comunitat Valenciana: Con carácter general, el importe del mínimo exento se fija en 600.000 euros. No obstante, para los contribuyentes con discapacidad psíquica, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y para contribuyentes con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, el importe del mínimo exento se eleva a 1.000.000 euros.

En realidad este impuesto está más dirigido a "obtener información" que a recaudar.
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeMiér 07 Nov 2018, 10:04 pm

El tema es interesante, pero hemos de recordar que estamos en España y por tanto hacen poco, tarde y mal.
Yo también me plantee en su momento buscar una mínima catalogación patrimonial de mi pequeña colección de monedas, pero por un lado las trabas que pone la administración y luego las complicaciones que puede conllevar y me explico:
1º la inversión en patrimonio suele conllevar unas desgravaciones fiscales, y a vosotros no sé, pero yo he pagado todas monedas de mi bolsillo, sin ningún beneficio y lo que es peor con el tipo máximo de IVA, actualmente el 21%, se ve que para el Ministerio de Hacienda la Numismática no es Cultura.
2º si se declarase nuestra colección conjunto BIC, pasaríamos a tener obligaciones con nuestra colección, lo primero de todo mínimo un día al mes exponerla al público, eso igual es lo de menos, por otra parte tendríamos problemas si quisieramos fragmentarla o vender alguna piezas, por otro lado tendríamos que  notificar nuestros cambios de domicilio y si cambiaramos de Autonomía, podríamos tener problemas para mover la colección.

Como digo es una pena ya que a mi no me importaría llegado el caso que algún investigador mirase mis monedas por si encuentra algo interesante ,seguimos en el debate.
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MensajeTema: Re: Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio   Declarar tu colección de monedas ante el Estado y Patrimonio Icon_minitimeSáb 10 Nov 2018, 3:30 pm

Hola buenas tardes, un tema muy interesante el que se ha sacado a flote.
No soy entendido en este tema, es más aquí veo comentarios bastante buenos sobre el tema, la ley por desgracia o por suerte para algunos esta así en esto, con el tema del patrimonio y tal.
Ahora bien yo recomiendo que antes de declarar nada, debéis de tener documentación que certifique que los objetos o colecciones en conjunto sean de vuestra propiedad, y no proceden de ni expolio, robos o demás actos ilícitos e ilegales.
El primer paso para poder empezar a legalizar una colección es acudir a un perito tasador en antigüedades, este os emitirá un documento atestiguando el objeto y el valor de dicho bien (nunca se considera un certificado de autenticidad de la pieza que conste), al tasar la pieza o colección ya sea por vuestra compra en subastas etc o incluso herencia, podréis acudir a un notario para dar fe a su vez con todo registrado que tales objetos son de vuestra propiedad y tienen cierto valor X y que no proceden de origen ilícito, es asi como se comienzan las colecciones a tomar un carácter legal.
Como últimos pasos si queréis asegurarla y declararla a patrimonio si el valor de la colección llega a ese precio mejor, hará aun más legal todas las piezas así como su futura conservación.
Si necesita alguien de este foro alguna tasación de cualquier objeto, yo me dedico a tasar y estudiar las piezas, monedas, arte, mobiliario, etc.
Gracias por este hilo, gran amigo y estudioso de la historia. Un saludo a todos esta es mi humilde opinión de lo poco que se.
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